Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1682
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/05/2024
Visto las presentes actuaciones, y atento que con fecha 15 de mayo de 2024 se celebró el contrato de locación entre el Municipio de Bahía Blanca y la firma Fidelidad y Desarrollos Inmobiliarios S.A. representada por Sebastián Scoccia, DNI 22.845.275, sobre el inmueble ubicado en la calle 14 de Julio y Fragata Sarmiento, identificado con partida Nº007-26999, de la ciudad de Bahía Blanca, por lo expuesto y considerando:
Que el mismo tiene como destino ser utilizado como base operativa de la Unidad Táctica de Operaciones Inmediatas (U.T.O.I.) creada por Resolución Nº791/2017 del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
Que dicha unidad entre sus funciones principales tiene implementar y coordinar el desarrollo de las actividades operativas dispuestas por la superioridad, en apoyo de las Policías de la provincia de Buenos Aires; supervisar el cumplimiento de los operativos llevados a cabo con móviles y/o motocicletas identificables, a fin de prevenir y/o disuadir actitudes o hechos delictuales que atenten contra la seguridad pública; llevar un registro de los servicios de seguridad establecidos y poner en conocimiento inmediato de la superioridad, de cualquier novedad de relevancia, que por su magnitud o trascendencia lo amerite.
Que la Ley 13.482 prevé que la descentralización y desconcentración operativa de las policías de la provincia de Buenos Aires se realiza conforme a la división de los municipios existentes, a los fines de cumplir con eficacia sus funciones esenciales otorgándole al Ministro de Seguridad la potestad de crear nuevas unidades policiales y determinar el ámbito de competencia territorial de cada una de ellas, en función de la realidad criminológica y la frecuencia delictiva observada.
Por todo ello, y contando con la imputación del Departamento de Contaduría General a fojas 16; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTICULO 1°) Regístrese en todas sus partes, conforme al tenor de sus cláusulas, el Contrato de Locación celebrado entre el MUNICIPIO DE BAHÍA BLANCA y la firma Fidelidad y Desarrollos inmobiliarios S.A. CUIT Nº 30-71757697-3 representada por Sebastián Scoccia, DNI 22.845.275, por el alquiler del inmueble ubicado en la calle 14 de julio y Fragata Sarmiento de la ciudad de Bahía Blanca, partida Nº007-26999, por el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de mayo de 2026 y la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS MIL ($1.700.000.-) MENSUALES MAS IVA con una actualización semestral según el índice de precios del consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (I.N.D.E.C.).
ARTICULO 2°) Procédase a librar órdenes de pago y transferencias bancarias a través del Departamento Contaduría General y Departamento Tesorería las sumas mensuales correspondientes, tal lo pactado en la cláusula 4º del referido contrato.
ARTICULO 3°) Procédase a librar órdenes de pago y transferencias bancarias a través del Departamento Contaduría General correspondientes a los pagos de servicios de energía eléctrica, gas, agua, cloacas durante todo el período de la locación y exclusivamente respecto de la partida 007-26999, tal lo pactado en la cláusula 7º del referido contrato.
ARTICULO 4°) El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente. 110, Jurisdicción. 1110125000, Cat. Programática. 01.02.00, Gasto. 3.2.1.0, (Locación); Fuente. 110, Jurisdicción. 1110105000, Cat. Programática. 01.06.00, Gasto. 3.1.1.0 (Electricidad) y Fuente. 110, Jurisdicción. 1110105000, Cat. Programática. 01.03.00, Gastos. 3.1.2.0 (Agua) y 3.1.3.0 (Gas).
ARTICULO 5º) Encomiéndese a la Subsecretaria de Protección Ciudadana el seguimiento y control de las obligaciones emanadas del mencionado contrato.
ARTICULO 6°) Cúmplase, tomen nota la Subsecretaría de Protección Ciudadana, Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Registro Patrimonial; dese al R.O y elévese al Honorable Concejo Deliberante a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 273 de la LOM; hecho, RESÉRVESE.-