Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 248
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/06/2024
Vistas las presentes actuaciones referidas a la solicitud de una parada de abastecimiento en la calle Falucho a la altura domiciliaria 273; por lo expuesto y considerando:
Que mediante Resolución 340/2021 de fecha 04 de noviembre de 2021, se estableció dicha parada de abastecimiento en calle Falucho a la altura domiciliaria 234 hasta 273.
Que a fojas 4, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos solicita la intervención del Departamento Ingeniería de Tránsito respecto del ordenamiento del tránsito circular sobre la Peatonal Falucho, ubicada a la altura de calle Falucho del 200 al 300, debido a los reclamos recibidos por parte de los vecinos del sector.
Que a fojas 5, luego de efectuados los relevamientos correspondientes en el sector el Departamento Ingeniería de Tránsito, el día 24 de mayo de 2024 informa que, "...se encuentra vigente la Ordenanza Municipal N° 21087 la cual establece en su Artículo 1) la creación de la zona peatonal en calle Falucho del 200 al 300 y la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados a excepción de los vecinos frentistas quienes solicitarán la autorización a la Secretaria de Gestión Urbana para poder ingresar a sus garajes por dicha peatonal. A tales efectos y luego de varias visitas con representantes del Departamento de Planeamiento Urbano y la Secretaría de Obras y Servicios se acordó permitir el ingreso de vehículos ya que en la intersección de las calles Falucho y Maipú se emplaza una estación de servicio que por razones obvias necesita contar con la circulación no solo de coches sino también de camiones de recarga de combustible.
Qué en el Articulo 2) de la misma Ordenanza se otorga facultades al Departamento Ejecutivo de realizar las modificaciones necesarias en virtud de las paradas de abastecimiento existentes. En ese sentido, y de cara a efectuar un ordenamiento de la circulación interna en la “Semi peatonal sin salida” se acordó prohibir el estacionamiento las 24 hs, dotar de doble sentido de circulación la calle Falucho y efectuar tanto una reserva exclusiva de motos como una parada de abastecimiento de manera de evitar que los vecinos estacionen sus vehículos de forma desordenada, y garantizando que la circulación central quede completamente despejada...".
Por lo expuesto, y con el visto bueno de la Subsecretaría de Movilidad Urbana y Transporte, el JEFE DE GABINETE Y GOBIERNO a cargo de la Agencia de Seguridad, Emergencia y Respuesta Inmediata, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 182° de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º) Deróguese la Resolución 340/2021, de fecha 04 de noviembre de 2021, mediante la cual se estableció una parada de abastecimiento en calle Falucho a la altura domiciliaria número 234 hasta 273. -
ARTÍCULO 2º) Establecer una parada de abastecimiento en la calle Falucho a la altura domiciliaria número 268 con una extensión de 15 metros, en un todo de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza 19444 y el Decreto Reglamentario 2582/18. -
ARTÍCULO 3º) Cúmplase, notifíquese al interesado, tomen nota Departamento Ingeniería de Tránsito, Subsecretaría de Movilidad Urbana y Transporte, dese al R.O; hecho, ARCHIVESE.-