Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 178
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 25/06/2024
Visto la presentación efectuada por el Instituto Promoción Carne Vacuna Argentina, referida a la realización del evento denominado "Punto de Encuentro Joven", que se realizará el día 27 de junio de 2024, en el horario comprendido entre las 14 y las 20 horas, en el Predio ubicado en el km.9 del Camino Sesquicentenario; y considerando que el inmueble donde se realizará la actividad se encuentra habilitado para el rubro de “alquiler de predio de exposiciones, ferias y eventos – actividades deportivas”, conforme lo dispuesto por la Resolución 744/2023 y el Certificado de Habilitación nº 194/2023 (expediente 4007-1378-2016), cuyas copias se agregan precedentemente; el VICE JEFE DE GABINETE Y GOBIERNO, en uso de las facultades que le confiere el Decreto 4995/2023, y conforme a lo normado por el artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)– Autorízase al Instituto Promoción Carne Vacuna Argentina a realizar la actividad denominada "Punto de Encuentro Joven", el día 27 de junio de 2024, en el horario comprendido entre las 14 y las 20 horas, en el Predio ubicado en el km.9 del Camino Sesquicentenario.-
ARTICULO 2º)- La autorización otorgada por el artículo 1º de la presente está supeditada a la cumplimentación de los siguientes requisitos:
a) Contratación de seguro al espectador y participantes.-
b) Contratación de servicio de ambulancia para la cobertura durante los días de funcionamiento.-
ARTICULO 3º)- En el supuesto caso de que el Servicio Meteorológico Nacional produzca una alerta temprana severa, deberá proceder a la suspensión de la actividad.-
ARTICULO 4º)– La presente autorización es otorgada en función de la documentación presentada, como así también del cumplimiento de lo establecido en el artículo 2º de la presente y al resultado de la inspección técnica que realicen la Dirección General de Defensa Civil y/o la Dirección General de Fiscalización, para constatar el cumplimiento de todos los requisitos señalados al organizador. En caso de incumplimiento, quedará automáticamente suspendida la actividad y/o el puesto comercial que incurriese en el incumplimiento de alguno de los requisitos en cuestión.-
ARTICULO 5ºº)– Cúmplase, notifíquese, tomen Dirección General de Defensa Civil, Dirección General de Fiscalización y toda otra repartición que se estime pertinente; dése al R.O. y ARCHIVESE.-