Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº48

Resolución Nº 48

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 08/05/2024

Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales se solicita el pago por vía administrativa en favor del proveedor Garuhape Maderas S.R.L, CUIT 30-63983647-5 conforme la factura B N° 0006-00003902, a fs. 3, por el importe total de CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS DIEZ ($462.210,00), correspondiente a la compra de los materiales recibidos mediante Remito Nº 2220 de fecha 04 de enero de 2024, y

CONSIDERANDO

Que dicho procedimiento obedece a la necesidad producida en el marco de la emergencia económica, social y sanitaria declarada mediante Decreto Nº 5011/2023, con motivo del temporal producido el pasado 16 de diciembre de 2023 y con el objeto de formular un prototipo habitacional "Módulo semilla", del cual posteriormente se generarán 100 unidades en serie para atender las urgencias y necesidades de la población.

Que a fs. 1 vuelta obra la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.

Que a fs. 5 la Contaduría General manifiesta que no se cumple lo establecido en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el artículo 123 del Reglamento de Contabilidad, dado que los procesos de contratación y compromiso deben realizarse previo al inicio de la adquisición, debiendo confeccionarse un acto administrativo que insista y ordene el pago.

Que a fs. 6 la Secretaria de Planeamiento Urbano toma nota de la observación efectuada por la Contadora Municipal, informando que los materiales fueron adquiridos debido a la urgencia imperante producida por el temporal del 16/12/2023, en el cual muchas viviendas precarias fueron afectadas y a los efectos de dar una solución habitacional a las familias que quedaron perjudicadas en forma inmediata, se realizó la compra sin haber confeccionado el suministro correspondiente, es decir, sin seguir el procedimiento de compra correcto, contemplando el marco de la emergencia económica, social y sanitaria declarada mediante el Decreto Nº 5011/2023. Agrega la citada Secretaria, que de no realizarse el pago solicitado, ello implicaría un enriquecimiento sin causa en favor del Municipio, es decir la obtención de un beneficio sin contraprestación.

Que en consecuencia, se insiste en la prosecución del trámite de pago correspondiente.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- RESUELVE -

PRIMERO: Ordenar al Departamento Contaduría General a liquidar la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS DIEZ ($462.210,00), al proveedor Garuhape Maderas S.R.L, CUIT 30-63983647-5, correspondiente a los materiales adquiridos mediante Factura B Nº 0006 - 00003902 de fecha 04 de enero de 2024, conforme a la documentación respaldatoria obrante a fs. 3 en el presente expediente 155-2373/2024, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.-

SEGUNDO: Refrende la presente Resolución el Sr.  Director de la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo.

TERCERO: El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110123000, Categoría Programática 22.01.00, Gasto 5.1.4.0.-

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Contaduría General, Departamento Tesorería, dése al R.O. y ARCHIVESE.-