Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 145
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/05/2024
Visto las presentes actuaciones, relativas a la solicitud realizada a fs. 1 para el pago de la Factura Tipo "B" Nº 0007 - 00001147, correspondiente al Proveedor Grupo Elec-Sen de Javier E. Senesi, por la suma total de Pesos Cuatrocientos Cincuenta y Tres Mil Setecientos Cincuenta ($453.750.-), la cual consta a fs. 2 de las presentes actuaciones, en concepto de alquiler de un (1) grupo electrógeno de 45 kva., utilizado el día domingo 19 de mayo de 2.024, en el marco del “Ciclo de eventos Relámpago”; y
Considerando
Que este servicio fue requerido en función de las actividades habituales que lleva adelante el Instituto Cultural y para el desarrollo del “Ciclo de Eventos Relámpago”, declarado de Interés Municipal por Resol. N°28/2.024, cuya copia fiel consta a fs. 8, en tanto espacio destinado a promover bandas musicales emergentes, productores audiovisuales, productores techno, grafittters, entre otros, teniendo en cuenta la necesidad de llevar a cabo un evento previsto para el día domingo 19 de mayo del corriente año, en la Plaza Brown de calles Ing. Luiggi y Brown.
Que el mismo fue requerido por recomendación del Departamento de Electricidad y Mecánica, primero por vía telefónica y, más tarde, mediante informe que se adjunta a fs. 11.
Que desde el Instituto Cultural se dio inicio a la respectiva tramitación para el alquiler de un grupo electrógeno para la mencionada fecha, a través del Pedido de Suministro Nº 3491/2.024, según características y estimación de gasto detallado en el Presupuesto de fs. 4 otorgado el día 2 de mayo pasado. El mismo fue adjudicado al Proveedor Nº 6016 "GRUPO ELEC-SEN" de Javier Edgardo Senesi, a través de la Orden de Compra Nº 3052, emitida con fecha 17/05/2.024. No obstante, el respectivo Registro de Compromiso no se asentó en tiempo y forma, paso imprescindible dentro del procedimiento del sistema de contrataciones del Municipio, sin el cual no es posible autorizar la prestación del servicio requerido y, dado que esta situación no le fuera comunicada a tiempo proveedor, la Empresa puso a disposición del Instituto Cultural el equipamiento solicitado para cumplir con la realización de las presentaciones artísticas previstas.
Que el Departamento Contaduría a fs. 14 de este expediente manifiesta que no se cumple lo establecido en el Art. 186º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 123º del Reglamento de Contabilidad, dado que los procesos de contratación y compromiso deben realizarse previo al inicio de la prestación del servicio, debiendo confeccionarse un acto administrativo que insista y ordene el pago.
Que la Dirección del Instituto Cultural indica a fs. 15, toma nota de la observación efectuada por la Contaduría Municipal, indicando que el Registro de Compromiso correspondiente al Pedido de Suministro para el alquiler de un (1) grupo electrógeno de 45 kva. no se asentó en el tiempo y forma, paso imprescindible dentro del procedimiento del sistema de contrataciones del Municipio, sin el cual no es posible autorizar la prestación del servicio requerido, y dado que esta situación no le fuera comunicada a tiempo al proveedor, la Empresa puso a disposición del Instituto Cultural el equipamiento solicitado para cumplir con la realización de las presentaciones artísticas previstas. Agrega, además, que de no efectivizarse el pago solicitado, implicaría un enriquecimiento sin causa en favor del Municipio, es decir, la obtención de un beneficio sin constraprestación.
Que por lo expuesto, se insiste en la prosecución del trámite de pago.
Que teniendo en cuenta la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
PRIMERO: Ordenar a Contaduría General a abonar la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta y Tres Mil Setecientos Cincuenta ($453.750.-), en favor del "GRUPO ELEC-SEN" de Javier Edgardo SENESI, C.U.I.T. N° 20-23489795-1, correspondiente a la Factura Tipo "B" Nº 0007 - 00001147, de fecha 21/05/2024, en un todo acuerdo a la documentación respaldatoria y fundado en los considerandos del presente acto.
SEGUNDO: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo precedente deberá imputarse a la Fuente de Financiamiento: 110, Jurisdicción: 1110108000, Categoría Programática: 01.01.00, Gasto: 3.2.2.0, del presupuesto de gastos vigente.
TERCERO: Cúmplase, notifíquese, tome conocimiento Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-