Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 194
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/05/2024
VISTO la necesidad de la Subsecretaría de Prevención, Enlace y Comunicación de realizar un concurso cerrado para cubrir las funciones de supervisores en la Central de Comunicaciones y Emergencias; por lo expuesto y CONSIDERANDO:
Que dicho concurso tiene como objetivo designar supervisores que logren articular las tareas de forma más adecuada, así como también las responsabildades que demanda el área durante las 24 hs del día en los diferentes turnos.
Que sumado a lo anterior y dado que la designación de cinco supervisores permitirá mejorar la organización de dicha central, es que resulta conveniente proceder a la selección de aquellas personas que den con las mejores condiciones para el desempeño de las funciones y tareas requeridas;
Por lo expuesto, y de acuerdo al reglamento obrante de fojas 7 a 10 y lo informado a fojas 11 del presente expediente por la Asesoría Letrada y la Subdirección de Capital Humano respectivamente; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Llámese a concurso cerrado para cubrir cinco puestos de supervisor, para desempeñar la función de supervisores coordinadores de la Central de Comunicaciones y Emergencias, en la categoría 05/1A, por un período de 4 años, mientras desempeñen la función, con una jornada horaria de cuarenta (40) horas semanales, en un todo de acuerdo a las bases y condiciones que se establecen en la presente resolución.-
ARTÍCULO 2°)- Establézcanse los siguientes requisitos que deberán poseer los postulantes al presentarse al llamado a concurso:
Requisitos:
a) Ser agente que revista en planta permanente dependiente de la Central de Comunicaciones y Emergencias.
b) Ser operador de la Central de Comunicaciones y Emergencias.
c) Tener antigüedad mínima ininterrumpida en el cargo de dos (2) años, efectivamente trabajados en la Central de Comunicaciones y Emergencias (no excluyente).
d) No poseer antecedentes penales, sumarios o sanciones.
e) Poseer título secundario completo. Se valorará formación superior, títulos terciarios y/o universitarios, así como capacitaciones y/o certificaciones relacionadas a la función de operador.
f) Se valorará haber realizado capacitaciones brindadas a través del área de Capital Humano municipal y otras de carácter interno de la Central de Comunicaciones y Emergencias.
g) Poseer conocimientos en informática y Microsoft Office (no excluyente).
h) Poseer conocimientos de PRET y en especial el plan de llamadas de emergencias.
i) Poseer conocimientos y operatividad de los equipos de comunicaciones instalados en la Central de Comunicaciones y Emergencias.
j) Contar con amplia disponibilidad y flexibilidad horaria.
ARTÍCULO 3°)- Establézcase las siguientes condiciones y responsabilidades de la función del puesto concursado:
Condiciones:
a) Serán designados por un período de cuatro (4) años, en la categoría 05/1A mientras desempeñen la función, con una jornada horaria de cuarenta (40) horas semanales.
b) Los turnos a cumplir serán fijos, con la siguiente salvedad: los servicios de fin de semana, serán fijos, pero los compensatorios a cumplir en feriados o días de semana se cumplirán según la necesidad, pudiendo esos si ser en horario distinto al habitual de servicio.
c) Finalizado el período de designación de cuatro (4) años, con evaluación de desempeño positivo efectuada por sus superiores inmediatos, los agentes seleccionados retornarán a una categoría interina 05/2A, con la jornada horaria que ostenta, siendo así readecuada en el escalafón municipal.
Responsabilidades:
a) Verificar que todo ocurra con operatividad normal.
b) Realizar informes/partes de los puntos relevantes sucedidos en el servicio (ej. Emergencias tecnológicas, temporales, accidentes con víctimas múltiples, etc.).
c) Controlar y completar el cierre de los puntos realizados por los operadores en cada turno, e indicar las novedades al Supervisor del turno siguiente.
d) Efectuar y delegar la realización de la prueba de enlace de radio de los días miércoles y la prueba de disparo de las sirenas comunitarias los días jueves según corresponda.
e) Realizar y coordinar las comunicaciones necesarias en eventos y simulacros de emergencia en general.
f) Comunicar al jefe de la dependencia inconvenientes que se produzcan en la Central de Comunicaciones y Emergencias (ej. Corte de energía, caída de la red informática, arranque del grupo electrógeno, etc).
g) Comunicar puntos relevantes al jefe de la Central de Comunicaciones y Emergencias (ej. emergencia tecnológicas, accidentes con víctimas múltiples, etc.).
h) Realizar todas las capacitaciones que determine la superioridad como imprescindibles para el área y/o desarrollo de la función.
ARTÍCULO 4°)- Déjase constancia que vencido el plazo de inscripción, la Subdirección de Capital Humano hará entrega de todos los sobres recepcionados y del listado de inscriptos a la Central de Comunicaciones y Emergencias, y el responsable del área procederá conforme al siguiente procedimiento:
a) Certificará sobre el resultado de las presentaciones, lo que agregará al expediente del llamado conjuntamente con documentación respaldatoria que acredite la publicación en los medios efectuados.-
b) Agregará también en el expediente la documentación presentada por los postulantes.-
ARTÍCULO 5°)- Déjase constancia que una vez producida la certificación establecida en el artículo precedente, la Central de Comunicaciones y Emergencias dispondrá, mediante resolución la nómina de los inscriptos admitidos al procedimiento de selección, así como la exclusión de aquellos postulantes que no reúnan los requisitos requeridos. Dicha nómina será exhibida en el trasparente de la Subdirección de Capital Humano durante dos (2) días consecutivos desde su vigencia y también enviada a los correos electrónicos declarados por los inscriptos. La resolución de exclusión será recurrible dentro de los dos (2) días siguientes al de su publicación en el transparente de la Subdirección de Capital Humano de la Municipalidad de Bahía Blanca, donde se presentará dicha impugnación. El Intendente Municipal resolverá las impugnaciones. Asimismo en el mismo acto de publicación de admitidos, se publicará la nómina de Jurados (conformado según lo establece el artículo 8) que intervendrán en la etapa de selección, y que se constituirá al momento de realizar la convocatoria.-
ARTÍCULO 6°)- El procedimiento de selección consistirá en tres etapas:
a) Primera etapa: La Subdirección de Capital Humano evaluará y analizará los curriculums vitae de los postulantes admitidos y preseleccionados, con el fin de determinar los perfiles que reúnan las competencias necesarias (proactividad, resolución de problemas, liderazgo, innovación y creatividad, entre otras) para avanzar a la siguiente etapa. Se realizará a los postulantes preseleccionados el examen de aptitud psicotécnica, con el fin de evaluar las capacidades acordes al rol y toda otra información que se estime pertinente para juzgar la idoneidad del candidato. La Central de Comunicaciones y Emergencias dictará resolución enumerando a los preseleccionados, la cual se informará por mail.
b) Segunda Etapa: La Subdirección de Capital Humano, elevará al jurado un informe de cada uno de los postulantes, pudiendo utilizar para ello la matriz de evaluación que obra como Anexo 1 del presente reglamento. Los postulantes serán entrevistados por el jurado que evaluará toda otra información que estime pertinente para juzgar la idoneidad del candidato.
El Jurado evaluará en esa oportunidad las competencias requeridas para el desempeño de la función. A tal efecto la Central de Comunicaciones y Emergencias comunicará por correo electrónico las fechas y horarios de las entrevistas a la nómina de los seleccionados que deberán presentarse. -
c) Tercera etapa: Cada integrante del jurado emitirá su voto para la elección del candidato que considere más adecuado para cubrir el cargo. El candidato seleccionado será el que reúna mayor cantidad de votos, utilizando el sistema de simple mayoría. En caso de empate, el voto del responsable de la Central de Comunicaciones y Emergencias contará como doble.
Finalmente se emitirá el dictamen el cual informará por correo electrónico a todos los candidatos participantes de esta etapa.
ARTÍCULO 7°)- El Jurado estará integrado por los representantes oportunamente seleccionados, en el seno de la Central de Comunicaciones y Emergencias, respetando el artículo 39 del Convenio Colectivo de Trabajo.-
Cada uno de los representantes deberá definir un representante suplente.-
En caso de no poder constituirse el Jurado con los miembros titulares, se incorporarán los suplentes que representen a cada organización nombrada anteriormente. -
ARTÍCULO 8°)- Los miembros del Jurado podrán ser recusados con causa por los postulantes hasta el vencimiento del plazo de exhibición establecido en el Artículo 5º).-
ARTÍCULO 9º)- Déjase constancia que la recusación deducida, se correrá traslado al miembro del Jurado recusado para que en el plazo de un (1) día, la conteste por escrito.-
ARTÍCULO 10º)- El Director de la Agencia de Seguridad, Emergencia y Respuesta Inmediata, previo informe de la Central de Comunicaciones y Emergencias, resolverá el incidente de recusación, por medio de acto resolutivo que admita o desestime la recusación causará estado.-
ARTÍCULO 11º)- Los Jurados deberán excusarse, cuando correspondiere, al tomar conocimiento de la nómina de concursantes habilitados a participar del llamado.-
ARTÍCULO 12º)- Déjase constancia que las causas de recusación o excusación serán las dispuestas en el Art. 6º de la Ordenanza General 267/80. De corresponder, serán participes en su lugar los jurados consignados como suplentes respectivamente. -
ARTÍCULO 13º)- Cumplidas todas las etapas del Artículo 6°, el Jurado establecerá mediante un dictamen, un orden de mérito de los postulantes que reúnan las condiciones para el cargo. El dictamen será fundado y por simple mayoría, el responsable de la Central de Comunicaciones y Emergencias en caso de empate tendrá voto doble. El dictamen integrará el pertinente acto administrativo, el que se publicará en el transparente de la Subdirección de Capital Humano, habilitado al efecto y la Centro de Comunicaciones y Emergencias enviará una copia a los correos electrónicos declarados por los preseleccionados.-
EI Jurado hará abstracción del conocimiento personal previo que pudiera tener de los candidatos.-
ARTÍCULO 14°)- Los postulantes podrán deducir impugnación contra dicho acto administrativo, dentro de los tres (3) días siguientes al de la publicación. La impugnación sólo podrá versar sobre aspectos vinculados a la legitimidad del procedimiento o del acto. La introducción de cuestiones referidas al mérito del dictamen impedirá dar trámite a la impugnación.-
ARTÍCULO 15°)- Previo dictamen de la Asesoría Letrada de la Municipalidad de Bahía Blanca, el Director de la Agencia de Seguridad, Emergencia y Respuesta Inmediata resolverá la impugnación.-
ARTÍCULO 16°)- Producido el dictamen del Jurado, o resueltas definitivamente las impugnaciones cuando las hubiere, el Sr. Intendente Municipal podrá, mediante resolución fundada, escoger el candidato que considere más apto para el cargo, en vista del interés público municipal, teniendo presente el dictamen producido por el Jurado (artículo 12 del Convenio Colectivo de Trabajo).-
ARTÍCULO 17°)- Déjase contancia que si algún cargo quedara vacante por cualquier motivo, el Sr. Intendente Municipal podrá mediante resolución fundada, seleccionar el candidato que considere más apto para el cargo en vista del interés público municipal, teniendo presente el dictamen producido por el Jurado en oportunidad de la designación inicial del candidato, pudiendo seguir en orden de mérito descendente hasta agotar la lista de candidatos pre-existente, o bien disponer la realización de un nuevo llamado, incluyendo a todo el personal municipal (artículo 39 del Convenio Colectivo de Trabajo)
ARTÍCULO 18°)- Déjase constancia que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, el Intendente Municipal, podrá disponer en cualquier momento, la suspensión del llamado a concurso. Si así ocurriese quedarán sin efecto las actuaciones que se hubiesen realizado, no generando tal circunstancia derecho subjetivo alguno a favor de los postulantes.-
ARTÍCULO 19°)- Déjase contancia que el período de inscripción será de cinco (5) días hábiles y se formalizará en la oficina de la Subdirección de Capital Humano de la Municipalidad de Bahía Blanca, sito en calle Alsina 65, en horario de 7:30 a 13:30 hs de lunes a viernes, debiendo presentarse en sobre cerrado, currículum vitae con foto, antecedentes laborales y documentación respaldatoria de formación en caso de corresponder, denunciando mail donde se podrán cursar válidamente las notificaciones correspondientes a este concurso.-
ARTICULO 20º)- Cúmplase, publíquese, notifíquese, tomen nota Departamento de Administración de Personal, Subdirección de Capital Humano, demás dependencias municipales que correspondan, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-