Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1006/24

Decreto Nº 1006/24

Mar Chiquita, 03/06/2024

Visto

La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica y no consideradas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente y;

Considerando

Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2024, incorporando los recursos percibidos con afectación específica y no considerados en el cálculo de recursos vigente;

Que mediante el convenio específico IF-2024-08967702-GDEBA-SSDMDCGP se aprueba el aporte de un subsidio por parte del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a favor de la Municipalidad de Mar Chiquita, destinado a la compra de materiales deportivos.

Que el GOBIERNO DE PROVINCIA DE BUENOS AIRES, se compromete a otorgar un subsidio a favor de la MUNICIPALIDAD DE MAR CHIQUITA por la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000,00), el cual tiene como destino la adquisición de materiales deportivos.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º: AMPLÍASE el crédito de las partidas parciales que se enumeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

Estructura Programática

Fuente de Financiamiento

Imputación

Importe

1110131000 - 28.00.00 – Promoción del Deporte

132 - De origen Provincial

4.3.5.0 – Equipo Educacional y Recreativo

$5.000.000,00

 

 

Total Gastos:

$5.000.000,00

 

ARTICULO 2º: CREASE en la Jurisdicción 1110124000 – Secretaría de Economía el Recurso 17.5.01.25 –Subsidio compra de materiales deportivos – Gobierno de la Provincia de Bs.As.

ARTICULO 3º: AMPLÍASE el Cálculo de Recursos en el rubro que se enumera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

JURISD.

RUBRO

IMPORTE

1110124000

17.5.01.25 –Subsidio compra de materiales deportivos – Gobierno de la Provincia de Bs.As.

$5.000.000,00

 

Total

$5.000.000,00

 

ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Economía, Sra. Lallera Marcela Cecilia y el Secretario de Gobierno, Dr. Bochicchio Facundo Ariel. 

ARTICULO 5º: COMUNIQUESE, a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial.