Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 0902/24
Mar Chiquita, 17/05/2024
Visto
La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 033/2024; y
Considerando
Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. con fecha 17/05/2024;
Que por la misma se convalida las extralimitaciones presupuestarias de fuente de financiamiento 110 por un valor de $ 211.015.586,67, según lo establecido en el Articulo 27° de la Ley 15.480.
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N°033/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16/05/2024, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.
ORDENANZA
VISTO
Que el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del 2023 fue aprobado por el Honorable Concejo Deliberante el 30 de noviembre de 2022 según Ordenanza N° 134/2022 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 27 de la Ley 15.480 – regla que “Los Municipios que presenten excesos presupuestarios al cierre del Ejercicio 2023 y no puedan compensarlos con excedentes de recaudación, economías provenientes del mismo presupuesto o saldos disponibles que registre la cuenta “Resultados de Ejercicios”, podrán solicitar a sus respectivos concejos Deliberantes la convalidación de tales extralimitaciones. Convalidadas que fueran esas circunstancias, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no impondrá las sanciones previstas en la normativa vigente”;
Que durante el Ejercicio 2023, surge un saldo en excesos por la suma de $ 211.015.586.67 no compensados con las economías del Presupuesto de gastos de libre disponibilidad y con los excedentes de recaudación, que corresponde al Departamento Ejecutivo, resultando procedente la elevación al Honorable Concejo Deliberante para el tratamiento de la convalidación de la mencionada extralimitación, en el marco de lo dispuesto en el Artículo 27° de la Ley 15.480.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: CONVALIDESE las extralimitaciones presupuestarias correspondientes al Departamento Ejecutivo, fuente de financiamiento 110 por un valor de PESOS DOSCIENTOS ONCE MILLONES QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 67/00 ($211.015.586,67) según lo establecido en el Artículo 27° de la Ley 15.480, las cuales se detallan en el ANEXO de la presente.
ARTICULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo a sus efectos, regístrese y cumplido archívese.
ORDENANZA N° 033
Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 16 días del mes de mayo del año 2024.
ANEXO
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