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Decreto Nº655

Decreto Nº 655

Bragado, 20/05/2024

Visto

VISTO: La solicitud de ampliación de rubro presentada por el ciudadano Matías María Fabris en representación de la firma ACERBRAG S.A., en el expediente municipal Nº 5321/22 correspondiente al establecimiento ubicado en la Ruta Nacional Nº 5, km. 210 del Partido de Bragado, cuya actividad funcionará bajo el rubro “depósito de chatarra, coproducto y playa de estacionamiento de camiones, recuperación de materiales y desechos metálicos, procesamiento de materia prima metálica, fabricación en industrias básicas de hierro y acero N.C.P., fraccionamiento de chatarra ferrosa y dimensionamiento de agregado siderúrgico por granulometría, servicios de almacenamiento y depósito N.C.P., almacenamiento de chatarra ferrosa y agregados siderúrgicos”; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, el mismo se encuentra emplazado en zona donde se permite el desarrollo de la citada actividad; Que, realizadas las inspecciones de seguridad e higiene y catastral, se comprobó que posee las correctas condiciones y requisitos necesarios para su funcionamiento; Que, habiéndose dado cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 4884/17, corresponde llevar a cabo el acto administrativo para el otorgamiento de la ampliación de rubro solicitada; por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZAR la ampliación de rubro del establecimiento inscripto bajo Habilitación Municipal Nº 10.367, identificado catastralmente como Circ. V - Parc. 211 AC; 2A Fr 5, pasando a registrarse como “DEPÓSITO DE CHATARRA, COPRODUCTO Y PLAYA DE ESTACIONAMIENTO DE CAMIONES, RECUPERACIÓN DE MATERIALES Y DESECHOS METÁLICOS, PROCESAMIENTO DE MATERIA PRIMA METÁLICA, FABRICACIÓN EN INDUSTRIAS BÁSICAS DE HIERRO Y ACERO N.C.P., FRACCIONAMIENTO DE CHATARRA FERROSA Y DIMENSIONAMIENTO DE AGREGADO SIDERÚRGICO POR GRANULOMETRÍA, SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO Y DEPÓSITO N.C.P., ALMACENAMIENTO DE CHATARRA FERROSA Y AGREGADOS SIDERÚRGICOS”, perteneciente a la firma ACERBRAG S.A., CUIT 30-69317088-1, en conformidad con la Ordenanza Nº 4884/17. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTÍCULO 3º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-