Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 168
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 10/05/2024
Visto que a fojas 1 el Secretario de Salud eleva nota a la Dirección General de Técnica Jurídica, para dar inicio a una investigación presumarial, en virtud a lo expuesto por la agente AMAN Manuelita Soraya, legajo 13179, quien el día 5 de octubre de 2023, informa sobre la sustracción de una computadora portátil (ID 48741), que se encontraba en la Unidad Sanitaria Mariano Moreno, ubicada en calle Mendoza 1250, donde se desempeña laboralmente.
Considerando que de fojas 2 a 5 consta la denuncia penal de la agente mencionada correspondiente al faltante de una computadora portátil-Procesador Intel Core 1% - memoria RAM 4GB - Almacenamiento 1 TB RESOLUCIÓN DE PANTALLA CON LICENCIA WINDOW A 10 - Profesional OEM. Marca HP.N/S: CND74497 X3, color negra, la cual pudo haber sido sustraída por alguna persona que haya asistido a dicha Unidad Sanitaria, atento al tránsito fluído de la misma y a que las puertas de los consultorios siempre se dejan abiertas.
Que a fojas 7, por Resolución 515-2023, se dispuso el inicio de una investigación pre-sumarial, con el fin de deslindar responsabilidades, designando a los instructores sumariantes.
Que a fs. 8, consta la aceptación de cargo del Dr. Javier CASABONE, ordenando las primeras medidas de prueba, informando que la causa recayó en la UFIJ Nº 2, bajo el N° PP-02-00022540-23/00.
Que a fojas 13 obra Resolutorio, archivando la IPP atento que no "...surgen de las mismas elementos de convicción que acrediten la autoría del hecho denunciado....".
Que a fojas 14, el instructor sumariante informa que el día 08/03/2024, se presenta en Mesa de Entradas de la UFIJ nº 11, donde es informado de que la IPP nº PP-02-00022540-23/00 fue archivada, solicitando vista de causa conforme escrito de fojas 15, la cual fue otorgada por 24 hs. dentro del plazo de 5 días, con fecha límite 19/03/2024.
Que de fojas 17 a 43 consta copia de la causa N°PP-0200022540-23-00, obtenido mediante vista por sistema SIMP conforme autorización de fojas 16.
Que de fojas 45 a 46 obra dictamen de la Dirección General de Asesoría Letrada, el cual refiere que dado que no existen indicios ni probanzas de autos que indiquen participación y/o autoría en el hecho que se denuncia ni por acción ni por omisión, que puedan atribuírsele a ningún agente municipal, se sugiere, salvo mejor opinión de la superioridad, ordenar el archivo de las actuaciones administrativas.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades
- RESUELVE -
PRIMERO: ARCHIVAR las presentes actuaciones en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente y antecedentes obrantes en el expediente N° 700-9771/2023.
SEGUNDO: Refrende la presente Resolución el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
TERCERO: Cúmplase, tome nota Asesoría Letrada, Secretaría de Salud y dése al R. O.-