Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1361

Decreto Nº 1361

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 08/05/2024

Visto la Solicitud de Pedido N.º 3381/2024, originado por la División de Inclusión y Accesibilidad, con el objeto de renovar la contratación de un Asesor Sordo para el Servicio de Interprete en Lengua de Señas Argentina (LSA), a partir del 13 de mayo del 2024 al 13 de junio del mismo año;  y  CONSIDERANDO:

Que resulta necesaria la prestación de servicios de un Asesor Sordo, quien deberá trabajar en relación directa con la responsable, dictando cursos, realizando videos con interpretación en LSA en la página web del municipio, entre otras funciones.

Que a fs. 3 y 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia para llevar a cabo las tareas requeridas, suscriptas por la Dirección General de Discapacidad y Accesibilidad y la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.

Que habiéndose realizado un proceso de selección llevado a cabo bajo el suministro 587R- 2031/2024 y debido a que el Sr. Juan Manuel PARMIGIANI, DNI 30.564.682, viene desarrollando de manera satisfactoria y sin ningún tipo objeción las tareas designadas, se solicita su prórroga.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTICULO 1°Declárese la incompetencia de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat de la Municipalidad de Bahía Blanca para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal disponible para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas.

ARTICULO 2°Adjudíquese al Sr. Juan Manuel PARMIGIANI, DNI 30.564.682 la prestación de servicios técnicos y profesional es como Asesor Sordo, quien deberá trabajar en relación directa con la Interprete responsable en LSA, dictando cursos, realizando videos con interpretación en LSA la pagina web del Municipio, a partir del 13 de mayo del 2024 al 13 de junio del 2024cumpliendo una jornada horaria de treinta y cinco (35) horas mensuales y por la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO ($184.000), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

ARTICULO 3°: Encomendar a la División de Accesibilidad e Inclusión el control de la efectiva prestación del servicio contratado.

ARTICULO 4°: Cúmplase, notifiquese, tomen nota Departamento de Compras, Departamento Contaduría General, Dirección General de Discapacidad y Accesibilidad, desee al R.O. RESERVESE.-