Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 86
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/05/2024
Visto las presentes actuaciones, en las cuales la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y Culto solicita el pago por vía administrativa en favor del proveedor Sergio Cristian Fiore, CUIT N.º 20-22049781-0 conforme la factura N°00004-00002517, obrante a fs. 2; por el importe total de pesos ciento ochenta y seis mil quinientos ($186500,00.-), correspondiente al servicio de impresión de 650 folletos a color para la difusión de las actividades por el 196° Aniversario de la ciudad y;
CONSIDERANDO
Que conforme se informara a fs. 1 dicho procedimiento de contratación extraordinario en su metodología es producto de las circunstancias excepcionales transitadas en la organización de las actividades que se llevaron a cabo con motivo de celebrar el aniversario de Bahía Blanca el pasado 11 de abril; en las que se notó tardíamente que no se contaba con un cronograma que detallara a los asisitentes el orden de los actos y exposiciones que se desarrollarían, por lo que debió recurrise a contactar el día anterior al evento (10 de abril próximo pasado) fuera del horario laboral municipal con una imprenta que pudiera realizar la folletería con tan poco tiempo de anticipación;
Que la Contaduría General a fs. 5 del presente expediente manifiesta que no se cumple con lo establecido en los artículos 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 123° del Reglamento de Contabilidad respecto a que los procesos de contratación y compromiso deben realizarse previo al inicio de la prestación del servicio por lo que deberá confeccionarse el correspondiente acto administrativo que insista y ordene el pago;
Que a fs. 8 la Secretaría Unidad Intendencia toma nota de la observación efectuada por la Contaduría General y se insiste en la prosecución del trámite bajo la modalidad administrativa teniendo en cuenta que de no realizarse el pago del servicio efectuado implicaría un enriquecimiento sin causa a favor de la Municipalidad; y vuelve a dejar especificado que oportunamente no pudo gestionarse el suministro correspondiente previo al inicio del servicio contratado por tratarse de un trabajo que se solicitó fuera del horario laboral municipal lo cual impidió realizar la carga correspondiente del trámite por el Sistema RAFAM conforme lo indica la normativa vigente;;
Que además dicha Secretaría deja plasmada la necesidad e intención de que en el desarrollo de las actividades, por el aniversario de la ciudad, se contara con un soporte en papel con el cronograma que permitiera a los asistentes disfrutar de forma ordenada de los discursos y actos que se llevarían a cabo;
Que a fs. 1 vuelta obra la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General;
Que cabe aclarar que el gasto en trabajos de impresiones, tal es el caso que en estas actuaciones se presenta, se adecúa a los términos previstos en el Artículo 156°, inciso 9 de la Ley Orgánica de las Municipalidades en el que se permite la compra o contratación directa como excepción al régimen general prescripto en el Artículo 151° del citado cuerpo normativo;
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) – Ordenar a la Contaduría General a abonar la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($186.500,00), al Señor Sergio Cristian Fiore, CUIT N.º 20-22049781-0, correspondiente al servicio de impresión de 650 folletos A5 de 1x1 a color, conforme a la documentación respaldatoria adjuntada y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.-
ARTICULO 2º ) - El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la Fuente 131, Jurisdicción 1110101000, Categoría Programática 01.02.00, Gasto 3.5.3.0-
ARTICULO 3º)- Cúmplase, notifíquese, tomen nota Contaduría General, Tesorería, dése al R.O. y ARCHIVESE.-