Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1974
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/06/2024
Visto las presentes actuaciones, originadas por la Subsecretaría de Mantenimiento, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, referidas a la adquisición de dos palas cargadoras frontal con retroexcavadora posterior, ocho palas cargadoras frontal con balde de 2m3 y una pala cargadora frontal con balde de 1.4m3, para distintas delegaciones de la ciudad de Bahía Blanca, conforme a la solicitud de pedido Nº 1511/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que se efectuó la correspondiente Licitación Pública Nº 1511/2024, recibiéndose las propuestas económicas de ocho (8) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las catorce (14) invitadas a cotizar según consta en los certificados de notificación adjuntos de fojas 72 a 91;
Que a fojas 925 obra Acta de Apertura en la que se presentaron las firmas: VIALERG S.A oferta económica $825.632.000; OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L no cumple con el inciso e) del artículo 2 de cláusulas especiales del pliego de bases y condiciones, oferta económica $875.000.040; MYN GROUP S.R.L oferta económica $905.616.893,94; IRON GROUP S.A oferta económica $887.927.380, alternativa $866.349.680; AGROPECUARIA AGROMAX S.A, oferta económica $817.354.700; AMERICAN VIAL GROUP S.R.L $1.170.900.000, presenta propuestas alternativas; QMAC S.A presenta propuesta por ítems 1 y 3 oferta económica $283.985.000; DIESEL LANGE S.R.L no cumple con el inciso e) del artículo 2 de cláusulas especiales del pliego de bases y condiciones, presenta propuesta respecto Ítem 1 y 2 (manera parcial) por $1.074.421.600,85;
Que a fojas 932 el Departamento de Compras informa que las firmas OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L y DIESEL LANGE S.R.L no subsanaron en tiempo y forma sus observaciones respecto al art. 2º de las cláusulas especiales del pliego de bases y condiciones, quedando por tal motivo las ofertas de: VIALERG S.A, MYN GROUP S.R.L, IRON GROUP S.A, AGROPECUARIA AGROMAX S.A, AMERICAN VIAL GROUP S.R.L y QMAC S.A, factibles de ser evaluadas por la dependencia solicitante;
Que a fojas 942 y 943 el Subsecretarío de Servicios y Mantenimiento junto con el Director General de Servicios y Mantenimiento informan que respecto al ítem N° 1 las propuestas recibidas por las firmas VIALERG S.A, AGROPECUARIA AGROMAX S.A. y AMERICA VIAL GROUP S.R.L., no cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones, debido a que no cumple con las cuatro marcha atrás y cuatro marchas delanteras solicitadas;
Respecto al ítem N° 2, informan que las propuestas de la firma AMERICA VIAL GROUP S.R.L. no cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones, atento que las propuestas alternativas N° 1, 2 y 3 de acuerdo a la ficha técnica presentada, no cumplen con la potencia minima del motor solicitada y la propuesta alternativa N° 4 no cumple con las tres marchas atrás y tres marchas delanteras;
Asimismo respecto al ítem N° 3, manifiestan que la propuesta de la firma VIALERG S.A. no cumple con la calidad del balde; la propuesta de la firma AMERICA VIAL GROUP S.R.L. no cumple con el tipo de cabina solicitada y la capacidad del caudal en la bomba en el sistema hidráulico; y la oferta de la firma QMAC S.A., no cumple con la capacidad del tanque de combustible, la presión máxima del sistema hidráulico y no informa el representante en la ciudad de Bahía Blanca;
Por todo ello, sugieren se adjudique el item N° 1 (dos palas frontales con retroexcavadora) a la firma IRON GROUP S.A. y los items N° 2 (ocho palas cargadoras frontales con balde de 2m3) y N° 3 (una pala cargadora con balde de 1m3) a la firma AGROPECUARIA AGROMAX S.A., todos ellos por ajustarse a los intereses municipales, cumplir con las especificaciones requeridas y ser la oferta económica mas conveniente;
Que a fojas 947 el Departamento de Compras sugiere adjudicar a la firma IRON GROUP S.A, el ítem Nº 1, correspondiente a dos palas cargadoras frontal con retroexcavadora posterior, por un importe de $221.338.000, indicando que la modalidad de pago aceptada por el Municipio es el cincuenta porciento (50%) anticipado contra la presentación de póliza de caución y el resto contra la entrega de los equipos correspondientes;
Asimismo sugiere, adjudicar los ítems N° 2 y 3 a la firma AGROPECUARIA AGROMAX S.A, correspondiente a ocho palas cargadoras frontal con balde de 2m3 y una pala cargadora frontal con balde de 1.4m3, respectivamente, por un importe de $623.854.700;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- DECRETA -
ARTICULO 1º)- Adjudicar a IRON GROUP S.A., Proveedor Nº 6.466, el ítem Nº 1 correspondiente a dos palas cargadoras frontal con retroexcavadora posterior, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado y por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL ($221.338.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.
ARTICULO 2º)- Adjudicar a AGROPECUARIA AGROMAX S.A, Proveedor Nº 6.475, los ítems Nº 2 y 3, correspondientes a ocho palas cargadoras frontal con balde de 2 m3 y una pala cargadora frontal con balde de 1.4 m3, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado y por la suma total de PESOS SEISCIENTOS VEINTITRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS ($623.854.700.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.
ARTICULO 3º)- Dejase constancia que el encargado de la recepción y control de los equipos objeto de esta licitación será el agente Ing. Ramón Romagnolli, legajo N° 12.543, en un todo de acuerdo al Art. 199 de la Ley Organica de las Municipalidades.-
ARTICULO 4º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHÍVESE.-