Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1331
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 06/05/2024
Visto la Ordenanza N° 18.970, los Decretos N° 1209/2016, 2078/2016, 2986/2019, 2938/2019 y Decreto del Honorable Concejo Deliberante N°10/2024, y la Ordenanza N° 21.745, sancionada con fecha 26 de abril de 2024, promulgada por este D.Ejecutivo el 2 de mayo de 2024, mediante Decreto N°1312/24, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 18.970 el Municipio de Bahía Blanca adhirió oportunamente a la Ley N° 14.828 - Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires.
Que por Decreto Municipal N° 1209/2016 se inicia un proceso de modernización de la Administración Municipal con la implementación de trámites digitales y electrónicos como por ejemplo: “Trámites digitales de personal”, “Recibo de sueldo digital”, “Comunicaciones oficiales”, entre otros.
Que por Decreto Municipal N° 2078/2016 se implementa la firma digital; y que por Decreto N° 2986/2019 se aprueba un programa de Modernización Administrativa tendiente a modernizar trámites y re-diseñar procedimientos de la administración municipal.
Que por Decreto Municipal Nº 2938/2019 y Decreto del Honorable Concejo Deliberante N° 10/2024 se aprueba el Convenio Específico de Cooperación y Asistencia Técnica con la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, para la Implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica.
Que mediante Ordenanza N° 21.745, sancionada con fecha 26 de abril de 2024, promulgada por este Departamento Ejecutivo el 2 de mayo de 2024, mediante Decreto N° 1312/24, el Municipio adhiere a la Ley Provincial N° 13.666 -que adhiere a la ley Nacional Nº 25.506 y sus reglamentaciones-, en la cual se reconoce el empleo de la firma digital y electrónica, y su eficacia jurídica en las condiciones que la misma ley establece, Ordenanza que además adhirió al Decreto Nacional N°434/2016 - Plan de Modernización del Estado.
Que mediante la Ordenanza Nº 21.745 se aprueba la implementación del “Sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE” en el ámbito de la Municipalidad de Bahía Blanca, para la instrumentación del expediente electrónico y la emisión de distintos tipos de documentos y actos administrativos, con firma electrónica y/o digital.
Que para continuar avanzando en la implementación progresiva de trámites, documentos y procedimientos, reemplazando el papel por el trámite digital, corresponde establecer previamente los lineamientos necesarios para llevar adelante este proceso de manera ordenada, planificando acciones que contemplen diversos elementos que hacen al funcionamiento de la administración municipal.
Que si bien mediante Decreto Nº 1209/2016, oportunamente se aprobó la implementación del Módulo “Comunicaciones Oficiales-CCOO” del Sistema de Gestión Documental Electrónica-GDE, como medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos emitidos por las diferentes dependencias de la Administración Central del Municipio de Bahía Blanca, resulta necesario para poder profundizar aún más en la despapelización e incorporar de forma progresiva otros módulos y sub-módulos del Sistema GDE, y generar expedientes electrónicos, registros y documentos electrónicos, entre otros, establecer una serie de pautas que posibiliten el cambio.
Que por lo expuesto, para concretar la implementación gradual del Sistema de Gestión Documental Electrónica-GDE, y definir todas aquellas cuestiones operativas de uso y aplicación del sistema, realizar las capacitaciones del personal y funcionarios municipales, entre otras funciones, resulta necesario designar a la Subsecretaria de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión como Autoridad de Aplicación del Sistema de Gestión documental Electrónica – GDE y del proceso de implementación del mismo.
Que el Municipio cuenta con diferentes sistemas informáticos, entre los que se encuentra el Sistema Intranet Municipal, que contiene trámites digitales como los mencionados en el Decreto N°1209/2016, y se continuará utilizando en forma simultánea y paralela con el Sistema de Gestión Documental, puesto que garantiza otras funcionalidades.
Que por las razones expuestas en el considerando anterior, la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión deberá determinar cuales son los trámites, usos o aplicaciones que serán reemplazados de manera parcial o total por la modalidad del Sistema de Gestión Documental y cuáles continuarán aplicando el Sistema Intranet, de manera tal que sea compatible con el Sistema GDE.
Que la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión ha puesto a disposición los links a través de los cuales se puede acceder a la descarga de los Manuales de los distintos módulos y componentes que forman parte del Sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE, ya que contienen las definiciones técnicas necesarias que brindan las pautas de uso de la multiplataforma informática mencionada.
Que por otro lado, resulta necesario destacar que, paralelamente, con la adopción de dicha tecnología se deberán contemplar en las distintas etapas de despapelización y digitalización, la inclusión de trámites por parte de la ciudadanía, apuntando a que las gestiones que involucren al vecino, simplifiquen los procedimientos y reduzcan tiempos.
Por todo lo expuesto; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- DECRETA -
ARTÍCULO 1°: Establecer la implementación de la plataforma “Sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE”, aprobada por Ordenanza Nº 21.745, por la cual se instrumenta en el ámbito de la Municipalidad de Bahía Blanca, el expediente electrónico y la emisión de distintos tipos de documentos, actos administrativos, y demás procesos digitales que se generen mediante dicho sistema informático; cuyo proceso se deberá disponer de manera gradual mediante acto resolutivo, con un cronograma detallado con los trámites y las dependencias municipales obligadas a su aplicación.
ARTÍCULO 2°: Designar a la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión como autoridad de aplicación del “Sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE” y del proceso de implementación del mismo, dependencia que tendrá las funciones y atribuciones que se mencionan a continuación, sin que esta enunciación pueda considerarse taxativa:
a) Brindar asistencia técnica y las capacitaciones necesarias para la implementación y funcionamiento del Sistema GDE en la Municipalidad de Bahía Blanca.
b) Establecer un cronograma de ejecución de trámites a digitalizar en su totalidad, el cual deberá contar previamente con el visto bueno de la Jefatura de Gabinete y Gobierno y de la Subsecretaría Legal y Técnica.
c) Arbitrar los medios necesarios para que las autoridades y/o agentes municipales obtengan ante los organismos correspondientes, la firma digital y/o electrónica conforme exige la normativa vigente.
d) Habilitar usuarios y administrar permisos de uso del Sistema.
e) Velar sobre las condiciones de seguridad y confiabilidad de los soportes utilizados, condiciones de almacenamiento y recupero de información, debiendo arbitar los medios necesarios para su resguardo.
ARTÍCULO 3°: De manera simultánea y paralela coexistirán el Sistema GDE y el Sistema Intranet Municipal, dejándose establecido que la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión deberá determinar cuales son los trámites, usos o aplicaciones que serán reemplazados de manera parcial o total por la modalidad del Sistema GDE y cuáles continuarán aplicando el Sistema Intranet, u otro sistema o aplicación informática que actualmente se utilice en el ámbito de la Municipalidad.
ARTÍCULO 4°: Los trámites incluidos en el proceso de implementación del Sistema GDE que involucren al ciudadano, también deberán formar parte de un cronograma, tal como se menciona en el Artículo 1° del presente, debiéndose procurar que las gestiones que involucren a los particulares, simplifiquen procedimientos y reduzcan tiempos.
ARTÍCULO 5°: Remitir copia del presente a los Entes Descentralizados: Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero, Dirección de Obra Social del Personal Municipal-DOSEM y Sistema Integrado de Emergencias Prehospitalarias-S.I.EM.PRE y al Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 6°: Cúmplase, dése al R.O., publíquese, notifíquese a los organismos correspondientes, tomen nota la totalidad de las Agencias Municipales, Secretarías y Subsecretarías y por su intermedio las dependencias a su cargo, hecho: RESERVESE en la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión.-