Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1551

Decreto Nº 1551

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/05/2024

Visto las presentes actuaciones, solicitadas por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, referida a la adquisición de alimentos no perecederos para Hogares Convivenciales, y;

CONSIDERANDO:

Que a fojas 19 la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia informa las personas encargadas de la recepción y control de la mercadería, siendo: CASA DE ABRIGO I: Mariela Cuello Legajo Nº 11.769 y Valeria Vaucheret Legajo Nº 13.577; CASA DE ABRIGO II: Damián Dorado Foglia Legajo Nº 14.801 y Elena Irribarra Nº 13.997, HOGAR DEL ADOLESCENTE: Victor Jaramillo Legajo Nº 11.555 y Melisa Hirsch Legajo Nº 15.505.

Que, se efectuó el Concurso de Precios 2772/2024, recibiéndose la propuesta económica de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las cinco (5) invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación adjuntos, obrantes de fojas 20 a 24;

Que a fojas 37 obra el Acta de Apertura en la que constan las ofertas de los proveedores: DI LUCA ARNALDO ADRIAN, oferta económica $5.749.734, FITTERER Y SANTAGADA S.A, oferta económica $6.987.085; DISPROAL DE VASILI HNOS S.A, oferta económica $4.532.501;

Que a fojas 64 el Departamento Compras sugiere se adjudiquen a favor de DI LUCA ARNALDO ADRIAN (Proveedor N° 5.161) la provisión de los Ítems Nº 2, 4, 5, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 18, 19, 20, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 34, 35, 37, 41, 42, 43, 45, 47, 49, 51, 53, 56, 57, 58, 59, 61, 66, 67, 68, 70, 78 y 80 por un importe total de $3.190.619; a DISPROAL DE VASILI HNOS S.A (Proveedor Nº 7.962) los Ítems Nº 1, 7, 16, 31, 32, 33, 36, 39, 40, 44, 46, 48, 50, 52, 54, 55, 62, 63, 64, 65, 69, 71, 72, 73, 74, 76, 79 y 82  por un importe total de $1.399.200; FITTERER Y SANTAGADA S.A (Proveedor Nº 9.711) los Ítems Nº 3, 9, 15, 21, 23, 38, 60, 75, 77 y 81 por un importe total de $566.800. Los ítems Nº 1, 3, 4, 5, 7 a 10, 12 a 16, 18 a 20, 23, 25 a 33, 35 a 46, 48 a 51, 53 a 65, 67 a 69, 71 a 76, 78 a 82 se adjudican a la oferta mas económica, que cumple con las especificaciones técnicas requeridas. Así mismo, informa los ítems Nº 6 y 17 no se adjudican por superar ampliamente el preventivo, los ítems 2, 21, 24, 77 se adjudican a la oferta que cumple con lo solicitado y los items N° 11, 22, 34, 47, 66 y 70 se adjudican según el catálogo de marcas;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

- DECRETA -

ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a la firma DI LUCA ARNALDO ADRIAN, Proveedor N.º 5161, la provisión de  los ítems 2, 4, 5, 8, 10, 12 a 14, 18 a  20, 24 a 30, 35, 37, 41 a 43,  45, 49, 51, 53, 56 a 59, 61, 67, 68, 78 y 80, por mejor oferta económica conveniente a los intereses municipales y los items N° 11, 22, 34, 47, 66 y 70 todos ellos por ser la mejor oferta económica que cumple con el catálogo de marcas y son convenientes a los intereses municipales, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO NOVENTA MIL SEISCIENTO DIECINUEVE ($3.190.619.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.

ARTÍCULO 2º) - Adjudicar a la firma DISPROAL DE VASILI HNOS S.A, Proveedor Nº 7.962, la provisión de los Ítems Nº 1, 7, 16, 31, 32, 33, 36, 39, 40, 44, 46, 48, 50, 52, 54, 55, 62, 63, 64, 65, 69, 71, 72, 73, 74, 76, 79 y 82 por mejor oferta económica conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ($1.399.200.-) en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente. 

ARTÍCULO 3º- Adjudicar a la firma FITTERER Y SANTAGADA S.A., Proveedor Nº 9.711, la provisión de  los Ítems Nº 3, 9, 15, 21, 23, 38, 60, 75, 77 y 81 por mejor oferta económica conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($566.800.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente. 

ARTÍCULO 4º) - Dejase expresa constancia que los Ítems N° 6 y 17 no se adjudican, debido a que la oferta recibida supera ampliamente el valor preventivo.

ARTÍCULO 5º)- Dejase constancia que las responsables de la recepción y control de la mercadería serán: CASA DE ABRIGO I: Mariela Cuello Legajo Nº 11.769 y Valeria Vaucheret Legajo Nº 13.577; CASA DE ABRIGO II: Damián Dorado Foglia Legajo Nº 14.801 y Elena Irribarra Nº 13.997, HOGAR DEL ADOLESCENTE: Victor Jaramillo Legajo Nº 11.555 y Melisa Hirsch Legajo Nº 15.505. en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 199 de la Ley Orgánica de la Municipalidad y nota adjunta a fojas 19.

ARTÍCULO 6º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHÍVESE.-