Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº925/2024

Decreto Nº 925/2024

Benito Juarez, 28/06/2024

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 16/2024, en el que a fs. 7 obra nota del Director de Recaudación, solicitando establecer un cuarenta y cuatro por ciento (44%) de descuento por buen contribuyente tanto en la Tasa Única para Grandes Contribuyentes y la Tasa de Recolección, Limpieza y Conservación en la Vía Pública; y

Considerando

que el artículo Nº 63 de la Ordenanza Impositiva vigente faculta el Departamento Ejecutivo a instaurar regímenes transitorios de descuentos en los pagos de tasa y derechos, para aquellos contribuyentes que se encuentren al día con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; 

QUE los contribuyentes, además, tendrán la opción de abonar las cuotas 01 y 02 del ejercicio 2024, con un Convenio de pago en hasta 12 cuotas con una T.N.A. del 36%;

QUE dicha decisión radica en el gran incremento que han sufrido las tasas mencionadas anteriormente, debido a la decisión del Gobierno Nacional de Liberar totalmente el precio del KW, lo que dificulta la gradualidad de los ajustes;

QUE a fojas  11  el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda, presta conformidad con lo actuado;

QUE la Secretaría de Gobierno  dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.-Disponese la instauración de un cuarenta y cuatro por ciento (44%) por buen contribuyente en las siguientes tasas, pudiendo abonar las cuotas 01 y 02 del ejercicio 2024, con un Convenio de pago en hasta 12 cuotas con una T.N.A. del 36%:

-Tasa Única para Grandes Contribuyentes (Prestadoras de servicio de Internet y generadoras de Energía): El descuento será retroactivo a la cuota Nº 01/2024.

-Tasa de Recolección, Limpieza y Conservación en la Vía Pública (Inmuebles sin medidor de electricidad).

Artículo 2º.-Dicho descuento estará destinado a aquellos contribuyentes que se encuentren al día con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda.

Artículo 4º.-Comuníquese,  dése al  R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Contaduría, Secretaría de  Gobierno, de Hacienda, Dirección de Recaudación y Auditoría, cumplido, archívese.

JEFE DE GABINETE

A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA

SR. JORGE O. ISMAEL

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 925.-