Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 925/2024
Benito Juarez, 28/06/2024
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 16/2024, en el que a fs. 7 obra nota del Director de Recaudación, solicitando establecer un cuarenta y cuatro por ciento (44%) de descuento por buen contribuyente tanto en la Tasa Única para Grandes Contribuyentes y la Tasa de Recolección, Limpieza y Conservación en la Vía Pública; y
Considerando
que el artículo Nº 63 de la Ordenanza Impositiva vigente faculta el Departamento Ejecutivo a instaurar regímenes transitorios de descuentos en los pagos de tasa y derechos, para aquellos contribuyentes que se encuentren al día con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias;
QUE los contribuyentes, además, tendrán la opción de abonar las cuotas 01 y 02 del ejercicio 2024, con un Convenio de pago en hasta 12 cuotas con una T.N.A. del 36%;
QUE dicha decisión radica en el gran incremento que han sufrido las tasas mencionadas anteriormente, debido a la decisión del Gobierno Nacional de Liberar totalmente el precio del KW, lo que dificulta la gradualidad de los ajustes;
QUE a fojas 11 el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda, presta conformidad con lo actuado;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.-Disponese la instauración de un cuarenta y cuatro por ciento (44%) por buen contribuyente en las siguientes tasas, pudiendo abonar las cuotas 01 y 02 del ejercicio 2024, con un Convenio de pago en hasta 12 cuotas con una T.N.A. del 36%:
-Tasa Única para Grandes Contribuyentes (Prestadoras de servicio de Internet y generadoras de Energía): El descuento será retroactivo a la cuota Nº 01/2024.
-Tasa de Recolección, Limpieza y Conservación en la Vía Pública (Inmuebles sin medidor de electricidad).
Artículo 2º.-Dicho descuento estará destinado a aquellos contribuyentes que se encuentren al día con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Contaduría, Secretaría de Gobierno, de Hacienda, Dirección de Recaudación y Auditoría, cumplido, archívese.
JEFE DE GABINETE
A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA
SR. JORGE O. ISMAEL
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 925.-