Boletines/Lobería

Decreto Nº1259-24

Decreto Nº 1259-24

Lobería, 19/06/2024

REGÍSTRASE el CONVENIO MARCO DE ARTICULACIÓN ASESORÍA DE MENORES E INCAPACES N° 1 DE NECOCHEA.

Visto

Lo dispuesto por los artículos 41, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Nº 2.728/23 y Decreto Promulgatorio N° 705/23; y

Considerando

QUE, mediante Ordenanza Nº 2.728/23, se autorizó la celebración de un Convenio Marco con la Asesoría de Menores e Incapaces N° 1 de Necochea, con el fin de favorecer la prevención y erradicación del abuso sexual infantil en niños, niñas y adolescentes;

QUE, para el logro de los objetivos ambas partes acuerdan trabajar en conjunto interinstitucional e interdisciplinario por parte de profesionales del referido organismo y las Direcciones de Protección Ciudadana, Desarrollo Social y Deportes y la Secretaría de Salud y Desarrollo Social a través del área de Salud Mental de la Municipalidad;

QUE, a través de Acuerdos Específicos se convendrán las tareas a desarrollar en cada programa y/o proyecto y/o actividad particular, sus alcances, ámbito, plazo de ejecución, presupuesto y otros medios a aportar, como también los aportes de recursos humanos, físicos y financieros correspondientes y las responsabilidades que correspondan;

QUE, ambas partes se comprometen a llevar adelante un trabajo conjunto y colaborativo compartiendo las tareas que se acuerden para llevar a cabo la actividad y evaluar la experiencia en forma conjunta confeccionando un informe que cada responsable técnico elevará a su estructura superior de pertenencia laboral,

QUE, la Municipalidad se compromete a convocar a los niños, niñas y adolescentes de la comunidad que participarán de la experiencia, facilitar el espacio donde se realizará la actividad, suministrar los recursos necesarios para su realización y difusión local de la actividad;

QUE, la Asesoría se compromete a comunicar al área de capacitación del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Buenos Aires de la realización, avance y finalización con evaluación mediante de la experiencia, siendo que dicha área podrá participar a modo de observador en la etapa de evaluación y relevamiento de la actividad y difusión en el ámbito de incumbencia de la actividad a realizar;

QUE, concluida la implementación de los programas, todo lo que resulte de la experiencia, los datos relevados, resultados, material producido, la información que se obtenga y sus alcances serán considerados insumos de pertenencia de las partes, las que podrán difundirlo conservando la confidencialidad de los participantes y la identificación personal, dejando constancia en las publicaciones la participación de los servicios pertenecientes a cada una, en toda documentación o documento relacionado con el Convenio en forma unilateral se hará constar la colaboración prestada por el otro miembro sin que ello signifique responsabilidad alguna, respecto de su contenido;

QUE, habiéndose celebrado el instrumento citado y a efectos de dejar constancia de lo actuado, resulta conveniente registrarlo mediante el dictado del presente acto administrativo;  

Por todo ello y en ejercicio de facultades y atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, dicta el siguiente:

DECRETO

ARTÍCULO 1º REGÍSTRASE el CONVENIO MARCO DE ARTICULACIÓN celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE LOBERÍA, representada por el Sr. Intendente Municipal PABLO J. BARRENA y la ASESORÍA DE MENORES E INCAPACES N° 1 DE NECOCHEA, representada por la Dra. CORANI F. TAMBUSSI, con el objeto de favorecer la prevención y erradicación del abuso sexual infantil en niños, niñas y adolescentes.

ARTÍCULO 2º Tomen conocimiento Contaduría, Asesoría Letrada, Secretaría de Salud y Desarrollo Social, Dirección de Desarrollo Social y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.