Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 649
Chivilcoy, 15/04/2024
Promulgación de Ordenanza N° 10.665
Visto
la Ordenanza N° 10.665 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la sesión pública ordinaria realizada el día 11 de abril de 2024 por la cual se aprueba el procedimiento relativo a la habilitación general de vehículos gastronómicos, y
Considerando
que se debe proceder a su promulgación en tiempo y forma.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Promúlgase la Ordenanza N° 10.665 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la sesión pública ordinaria realizada el día 11 de abril de 2024, por la cual se aprueba el procedimiento relativo a la habilitación general de vehículos gastronómicos y el otorgamiento de permisos particulares de uso precario para la elaboración y/o comercialización de alimentos y/o bebidas en vehículos gastronómicos. Se considera como vehículo gastronómico o foodtruck a todo aquel que está acondicionado higiénica y sanitariamente apto para elaborar y vender alimentos y bebidas. Pueden ser vehículos con motor incorporado o acarreado con motor. La habilitación general del vehículo gastronómico autoriza la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas en eventos privados y/o públicos con iniciativa privada. Expte. N° 4031-254996 Int. 1380 E.
Artículo 2º: Cúmplase, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.