Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 571
Chivilcoy, 08/04/2024
Declaración de incompetencia
Visto
la necesidad de contar esta Comuna con personal disponible y maquinaria necesaria para llevar a cabo la tarea de despeje (poda) de arbolado en el Partido de Chivilcoy y localidades rurales, y
Considerando
que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos no cuenta con personal capacitado y con herramientas necesarias para desarrollar esta tarea fuera de la estructura de la secretaria, resultando conveniente y oportuno la contratación de un profesional fuera de la estructura administrativa, y
el artículo N° 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Dispónese la contratación de personal capacitado para llevar a cabo la tarea de despeje (poda) de arbolado en el Partido de Chivilcoy y localidades rurales, fuera de la estructura administrativa de acuerdo al artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.