Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1933
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/05/2024
Visto lo solicitado a fs. 1 por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial, respecto a la necesidad de crear el Programa "Plan Calor" y;
CONSIDERANDO
Que la ciudad de Bahía Blanca tiene un déficit de un 20% de hogares sin conexión a la red de gas natural, que es el combustible mas eficiente para calefaccionar los ambientes de las viviendas. Ante esa situación y a través del Programa Plan Calor, se pretende brindar una solución a la población vulnerable, con especial interés en los infantes, adultos mayores y personas con discapacidad;
Que el objetivo del mencionado programa, es responder y organizar los recursos municipales destinados a garantizar el derecho a la calefacción de la población vulnerable de la ciudad de Bahía Blanca, durante el periodo de invierno;
Que el Programa Plan Calor, estipula cuatro líneas de acción destinadas a las familias vulnerables de la ciudad de Bahía Blanca, a efectos de garantizar su calefacción durante el periodo de invierno,
Que las líneas de acción del mencionado Programa son; entrega de leña y frazadas, garrafa social y capacitación para la confección de estufas sociales;
Que el acceso a las mencionados ejes, que conforman el Programa Plan Calor se realizará mediante whatsapp a través de un formulario en el cual los beneficiarios indicarán cual es la ayuda requerida;
Que en virtud de lo solicitado por cada beneficiario, el equipo técnico de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial evaluará cada solicitud a efectos de determinar si es viable el otorgamiento del beneficio;
Que resulta necesaria la implementación del Programa Plan Calor, para morigerar la necesidad de calefacción de la población vulnerable de la ciudad de Bahía Blanca.
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;
- D E C R E T A -
PRIMERO: Crear en el ámbito de la Secretaría de Políticas Sociales y Fortalecimiento Comunitario el Programa Plan Calor, cuyo objetivo es responder y organizar los recursos municipales destinados a garantizar el derecho a la calefacción de la población vulnerable de la ciudad de Bahía Blanca, durante el periodo de invierno.-
SEGUNDO: Para llevar a cabo el Programa Plan Calor se han establecido los siguientes objetivos específicos:
TERCERO: El Programa Plan Calor establecerá los siguientes ejes de acción:
CUARTO: Encomendar a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial la implementación, ejecución y control de cada uno de los ejes que integran el Programa Plan Calor.
QUINTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.-
SEXTO: Cúmplase, tomen nota la Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Políticas Sociales, Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial, dése al R.O. y ARCHIVESE.-