Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1933

Decreto Nº 1933

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 31/05/2024

Visto lo solicitado a fs. 1 por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial, respecto a la necesidad  de crear el Programa "Plan Calor" y;

CONSIDERANDO

Que la ciudad de Bahía Blanca tiene un déficit de un 20% de hogares sin conexión a la red de gas natural, que es el combustible mas eficiente para calefaccionar los ambientes de las viviendas. Ante esa situación y a través del Programa Plan Calor, se pretende brindar una solución a la población vulnerable, con especial interés en los infantes, adultos mayores y personas con discapacidad;

Que el objetivo del mencionado programa, es responder y organizar los recursos municipales destinados a garantizar el derecho a la calefacción de la población vulnerable de la ciudad de Bahía Blanca, durante el periodo de invierno;

Que el Programa Plan Calor, estipula cuatro líneas de acción destinadas a las familias vulnerables de la ciudad de Bahía Blanca, a efectos de garantizar su calefacción durante el periodo de invierno,

Que las líneas de acción del mencionado Programa son; entrega de leña y frazadas, garrafa social y capacitación para la confección de estufas sociales;

Que el acceso a las mencionados ejes, que conforman el Programa Plan Calor se realizará mediante whatsapp a través de un formulario en el cual los beneficiarios indicarán cual es la ayuda requerida;

Que en virtud de lo solicitado por cada beneficiario, el equipo técnico de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial evaluará cada solicitud a efectos de determinar si es viable el otorgamiento del beneficio;

Que resulta necesaria la implementación del Programa Plan Calor, para morigerar la necesidad de calefacción de la población vulnerable de la ciudad de Bahía Blanca.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;

- D E C R E T A -

PRIMERO: Crear en el ámbito de la Secretaría de Políticas Sociales y Fortalecimiento Comunitario el Programa Plan Calor, cuyo objetivo es responder y organizar los recursos municipales destinados a garantizar el derecho a la calefacción de la población vulnerable de la ciudad de Bahía Blanca, durante el periodo de invierno.-

SEGUNDOPara llevar a cabo el Programa Plan Calor se han establecido los siguientes objetivos específicos:

  1. Otorgar responsabilidades a las diferentes áreas del municipio dentro del Plan Calor.
  2. Organizar las entregas de recursos y su efectivo control.
  3. Obtener trazabilidad de los recursos otorgados e impacto del Plan Calor en la población vulnerable de la ciudad.

TERCERO: El Programa Plan Calor establecerá los siguientes ejes de acción:

  1. Garrafa Plan Calor: A través de una tarjeta no bancarizada magnética, se acreditará a los beneficiarios el dinero equivalente a la carga de una garrafa de 10 kg. Este beneficio será otorgado mensualmente a cada familia,  tramitándose por medio de expediente, con lo cual la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial deberá realizar el seguimiento de los fondos, el ingreso de los beneficiarios con el correspondiente número de cuenta en la plataforma de Cabal y la rendición de los mismos, conforme al Convenio suscripto con Cabal Cooperativa de Provisión de Servicios Ltda .-
  2. Leña Plan Calor: Se entregará a cada familia beneficiaria 100 kg de leña (equivalente a un volumen de medio metro cúbico). La periodicidad de la entrega dependerá del volumen a disposición del Municipio y de los trabajos requeridos para su provisión y distribución.
  3. Frazadas: Se realizará la entrega de hasta cinco (5) frazadas por familia, en puntos que determinará el área de Logística y Distribución de la Secretaría de Políticas Sociales.
  4. Estufa Social Isleña: Este eje prevé la entrega de planos y lista de materiales, facilitado por ECOARCO Bahía Blanca, a efectos de que cada familia o voluntarios de organizaciones sociales interesados en el trabajo comunitario de barrios vulnerables puedan realizar la construcción de una estufa a leña.

CUARTO: Encomendar a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial la implementación, ejecución y control de cada uno de los ejes que integran el Programa Plan Calor.

QUINTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.-

SEXTO: Cúmplase, tomen nota la Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Políticas Sociales, Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial, dése al R.O. y ARCHIVESE.-