Boletines/Zárate

Decreto Nº428/24

Decreto Nº 428/24

Zárate, 31/05/2024

Se establece que a partir del primero de julio de 2024, el Municipio de Zárate recaudara sus tasas y demás tributos municipales, exclusivamente a través de los medios electrónicos y digitales que se encuentren habilitados por la Secretaría de Economía.

Visto

La problemática de la atención al público para la cobranza de las tasas municipales en nuestro municipio; y

Considerando

Que, casi todos los días del mes, se aglomeran en el hall central de nuestro Municipio de Zárate, gran cantidad de vecinos que vienen personalmente a pagar las tasas municipales;

Que durante toda la mañana gran cantidad de personal y áreas municipales de la Secretaría de Economía, se encuentran abocadas exclusivamente a la atención al público de los contribuyentes en forma personalizada;

Que la modernización y la simplificación de trámites administrativos, resulta ser uno de los principales objetivos de esta gestión municipal;

Que la modernización y actualización de los sistemas de cobranzas, a través de la bancarización total y la utilización de medios electrónicos y digitales, importa un cambio trascendente hacia ese objetivo central;

Que, la modernización implica también la puesta en valor del área dedicada a la atención al público municipal, la cual se mantiene obsoleta desde hace décadas sin ningún cambio significativo para el personal ni para los contribuyentes;

Que, por ello, el área de atención al público para contribuyentes permanecerá cerrada por el tiempo que requiera la puesta en valor del sector;

Que, asimismo, en la transición a la modernización, la Subsecretaria de Atención al Vecino dispondrá de personal y ordenadores para capacitar a los contribuyentes que requieran asesoramiento para el nuevo paradigma de atención al público y del cambio a los medios electrónicos y digitales para la cobranza de los contribuyentes;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades que le son propias,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°.- Establécese que, a partir del primero de julio de 2024, el Municipio de Zárate recaudara sus tasas y demás tributos municipales, exclusivamente a través de los medios electrónicos y digitales que se encuentren habilitados por la Secretaría de Economía.

Quedan incluídos dentro del presente Artículo, todos los tributos comprendidos en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes.

///.-

 

 

 

///2.-

Los contribuyentes que quieran pagar en efectivo, deberán concurrir para realizarlo en alguna entidad bancaria habilitada o canal de cobranzas extrabancario que se encuentre habilitado por convenio vigente con el Municipio de Zárate.

ARTÍCULO 2°.- Dispóngase el cierre total del área de atención al público de la Dirección General de Ingresos Públicos y de la Tesorería dependientes de la Secretaría de Economía, durante todo el mes de enero del año 2025, a los efectos de realizar la puesta en valor de las instalaciones, su modernización y actualización, de manera que permita mejorar sustancialmente el aspecto del lugar y brindar una mejor calidad de servicio para todos los contribuyentes y vecinos.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Subsecretaria de Atención al Vecino para disponer de las herramientas informáticas suficientes, para recibir y asesorar a todos los contribuyentes y vecinos que se encuentren imposibilitados de abonar por los medios electrónicos o digitales, para capacitarlos y asesorarlos durante el periodo del mes de julio de 2024 en adelante, a sus efectos.

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía Lic. CRISTIAN ANDRES MAZZOLA.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, tomen conocimiento la Secretaría de Economía, Tesorería Municipal y Dirección General de Ingresos Públicos, publíquese y archívese.