Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1451/24

Decreto Nº 1451/24

San Andrés de Giles, 23/04/2024

Visto

Lo solicitado por el  Sr..Paradis Esteban José, en carácter de titular, con domicilio legal en calle Italia Nº 572,  dando origen al expediente Nº 4101-19900/2024; y

Considerando

Que la peticionaria ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos, para obtener la habilitación municipal de comercio.

Que ha abonado las tasas correspondientes, fotocopia de comprobantes,  obrante a foja 17.

Que ha presentado contrato de Locación del inmueble, obrante a fojas  05 a 08.

Que posee Certificado de Uso Conforme para la actividad declarada, obrante a foja 26.

                                               Que ha presentado la constancia de inscripción en AFIP, en coincidencia con el rubro declarado, obrante a foja 12.

                                               Que ha presentado Declaración Jurada, obrante a foja 11.

                                               Qué el local donde funciona la explotación comercial a nombre de la peticionante, no adeu­da dere­chos de construcción, según acta de Inspección Nº 018301 – de la  Dirección  de Planeamiento y Obras Particulares. Obrante a foja 23.

                                                  Que el informe producido por la inspección de la Oficina de Bromatologia ha determinado que reúne las condiciones mínimas de salubridad y funcionalidad para el fin que solicita, al elevar el acta de inspección Nº 027211 obrante en foja 25.

                                                  Que el informe producido por la inspección de la Oficina de Comercio ha determi­nado que reúne condiciones reglamentarias para el fin que se solicita, al elevar el acta de inspección Nº 000984-A. Obrante a foja.27

Por ello, el  Intendente Municipal , en uso de las atri­buciones legales que le son propias

DECRETA

 

ARTICULO 1ro; Concédase Habilitación Definitiva  a partir del día 23 de Abril del 2024, al ru­bro Maxikiosco-Despensa y Libreria, con nombre de fantasía “Maxikiosco Avenida” sito del  lugar en Av. Scully y Maipú, de  la Localidad de San Andrés de Giles, Partido de San Andrés de Giles,  identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral­: Circ.: I – Sec.: A  Mz.:5: -Pc.: 1 B - cuyos datos identificatorios tributarios y comerciales se detallan a continuación:

 

Identificación Tributaria

 

CUIT: 20-29810029-1

Identificación de la Actividad Comercial

 

Fecha de iniciación de la actividad: 23/04/2024.

Actividad declarada por el titular: Venta al por menor en Kioscos, Polirrubros y Comercios no Especificados/ venta al por menor de Productos de Almacén y Dietética.-

Categorización según  Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente: Comercios y Servicios

Actividad según Nomenclador Código NAIBB del Ministerio de Haciendas y Finanzas:

471190 / 472120

 

Agencia  de Recaudación  de la Provincia de Buenos Aires: .-

Uso permitido según Código de Planeamiento de la Municipalidad: Comercio: 1A .-

Nombre de Fantasía: “Maxikiosco Avenida”

 

 

 

Identificación del local comercial

 

Ubicación del Inmueble: calle Av. Scully y Maipú.-

Nomenclatura catastral del inmueble: Circ.: I – Secc.: A  - Mz.: 5  -Pc: 1 B.-

Superficie total de la edificación: 222,17 mts2

Superficie destinada al comercio: 45 mts2

Metros de Frente de la edificación: 12,88 mts.

Metros de Frente del local:4,05 mts. --

Carácter de ocupación  del solicitante: Locatario.

 

 

ARTICULO 2do; La Vigencia de la habilitación otorgada en el artículo precedente del presente decreto, quedara supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento y al cumplimiento de la normativa vigente que regule la actividad para la cual fuera otorgada.

 

ARTICULO 3ro; Disponer que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevara a la caducidad de la habilitación otorgada.

 

ARTICULO 4to; Expedir el  certificado de habilitación de acuerdo a lo establecido en el artículo 1ero del presente decreto.

 

ARTICULO 5to; La presente habilitación corresponde al Nº 54616  del Registro General de Industria y Comercio de esta Municipalidad.

 

ARTICULO 6to; Entréguese copia al solicitante,  a la Oficina de Comercio, a la Secretaría administrativa, regístrese  y archívese.-