Boletines/Tandil

Decreto Nº1771/2024

Decreto Nº 1771/2024

Tandil, 04/06/2024

Visto

La solicitud de ampliación de designación como personal obrero- chofer del trabajador Carlos Sánchez - Legajo 11.646, efectuada por el Departamento de Servicios Generales y el Coordinador del sector de Choferes del Ente, en virtud de la renuncia del trabajador Carlos Guillermo Cuvillier - Legajo 10.769.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Amplíase la designación del trabajador Carlos Sánchez - legajo 11.646, como Personal Obrero - Chofer en la categoría 1 - 48 hs. semanales, con el adicional de Tareas Criticas - Concepto 39 y la bonificación de Chofer de Ambulancia - concepto 53, cumpliendo tareas en el Hospital "Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 03 de abril de 2024 y por el término de tres (3) meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.

Artículo 2°: Se deja establecido que el agente Carlos Sánchez se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Dirección del Hospital.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 - Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 - Hospital Ramón Santamarina – Administración y Conducción, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.2.0.0 - Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 - Personal Provisional, 1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 - Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 - Liquidación Obra Social, 1.2.4.0 - Otros Gastos en Personal, 1.2.4.5 - Adicional Tareas Críticas, 1.2.4.7 - Bonificación por Tareas Especiales del presupuesto de gastos en vigencia.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)                   -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud              -                Intendencia