Boletines/Zárate
Decreto Nº 402/24
Zárate, 28/05/2024
Visto
El Expediente Nº 4121-2135/2024, en el que corre agregada la Nota proveniente de la Directora María Eugenia Palacios de la Escuela de Educación Artística Nº 1; y-
Considerando
Que a fs. 1 obra la nota de solicitud de reparación edilicias y compra de mobiliario;
Que a fs. 18 consta la nota del Director General de Gestión Escolar, considerando se otorgue subsidio por monto PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 9.742.736);
Que a fs. 19 a 27 se acompañan presupuestos;
Que fs. 28 Consta Informe de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires donde se certifica que la referida Cooperadora cuenta con estatuto y miembros de la comisión directiva aprobados por el organismo;
Que a fs. 31 luce nota de la Secretario de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte donde se sugiere otorgar el subsidio solicitado;
Que el dec-Ley 9388/79 reconoce como entidad de bien público a las asociaciones, sociedades, fundaciones y toda otra entidad, cualquiera sea su naturaleza, que desarrolla actividades de interés social, cultural, benéfico y en general de cooperación para el logro del bienestar de la comunidad, pudiendo recibir ayuda estatal a través de la provincia o de la municipalidad;
Que el decreto ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades (tv), establece que toda entidad ajena a la comuna que reciba de esta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio quedan obligados a probar la inversión de las mismas. En igual sentido se expresa el art 50 del decreto 2980/00. Además, la citada normativa señala que a falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a la entidad percibir nuevos beneficios;
Que Obra dictamen de la Subsecretaria de Asuntos Legales sin prestar observaciones a fs. 36;
Que, por lo expuesto precedentemente corresponde acceder a lo peticionado
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Autorizase a la Contaduría Municipal, la suma de PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 9.742.736).- En concepto de subsidio con cargo a rendición de cuenta a abonar a la ASOCIACION COOPERADORA ESCOLAR ESCUELA DE EDUCACION ARTISTICA Nº 1 de Zárate, con domicilio en Pellegrini Nº 760 de la Ciudad de Zarate.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a la siguiente Partida: Jurisdicción: 1110108000 - Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social - Programa: 85; Educación -Actividad 05: Apoyo a Instituciones Educativas- Fuente de Financiamiento: 133: Origen Nacional- Afectación: 11.9.14.00 -Fondo de Financiamiento Educativo.-Partida: 5.1.5.0. – Trasferencia a instituciones Educativas.-
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ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deportes, IVÁN R. GÓMEZ GEREZ.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, publíquese y comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deportes, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, y archívese.-