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Decreto Nº400/24

Decreto Nº 400/24

Zárate, 23/05/2024

Visto

Lo dispuesto por la Ley 14.656; y-

Considerando

Que, atento la necesidad de proveer una recomposición salarial atendiendo a los intereses de los trabajadores municipales; este Departamento Ejecutivo Municipal decide otorgar un aumento salarial al mes de Mayo de 2024 sobre los sueldos básicos, tanto del personal de planta permanente, como temporario, y plantel jerárquico;

Que según el artículo 108º del Decreto Ley 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) “Constituyen atribuciones y deberes, en general, del departamento ejecutivo: ... 16. Ejercer las demás atribuciones y cumplir los deberes inherentes a la naturaleza de su cargo que le impongan las leyes de la Provincia”;

Que la Ley Provincial Nº 14.656, que sanciona el Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia, fija en cabeza del Departamento Ejecutivo la atribución de determinar el sueldo para las distintas categorías y agrupamientos en los que revista el personal municipal, y en su artículo 104º dispone que el Departamento Ejecutivo determinará por vía reglamentaria el escalafón y las nóminas salariales para el personal de la administración municipal;

Que la Ordenanza N° 5061 aprobó la norma complementaria del Presupuesto del año 2024 la que en su artículo 37 establece que “mensualmente el Departamento Ejecutivo podrá ajustar la totalidad de las remuneraciones aplicando el índice de inflación mensual publicado por el INDEC correspondiente al mes inmediato anterior”.

Que por su parte el Departamento Ejecutivo tiene la voluntad de garantizar un mínimo salarial de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000,-) para todos los trabajadores de planta permanente, temporaria del Municipio de Zárate a través del otorgamiento de un concepto no remunerativo que permita alcanzar esa remuneración neta a aquellos agentes que se encuentren por debajo de dicha suma;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Apruébase con vigencia a partir del 1º de mayo de 2024 la nueva escala salarial, para el personal que revista en las diferentes categorías del escalafón de las plantas permanente, temporaria, y plantel jerárquico según planilla que se adjunta al presente como Anexo I, con los porcentajes de incremento sobre la escala salarial hasta ahora vigente que allí se indican.

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ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago de un concepto no remunerativo denominado “salario mínimo garantizado” el cual se aplicara a todos los agentes municipales, tanto de planta permanente como temporaria que perciban una remuneración neta mínima inferior a pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000,-), siempre que hayan acreditado en el período los requisitos para percibir el presentismo.

A tales efectos, el concepto no remunerativo denominado “salario mínimo garantizado” será el equivalente a la diferencia entre el salario neto (una vez deducidos los descuentos de ley de la remuneración bruta) y pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000,-)).

El concepto establecido en el presente Artículo se otorga ad-referendum del proyecto de modificación de la Ordenanza Complementaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos del Ejercicio 2024 aprobada por Ordenanza Nº 5061, actualmente en trámite en el Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 3º.- Elévese al Honorable Concejo Deliberante copia del presente Decreto para su conocimiento, y dictado del Decreto correspondiente al escalafón del personal de ese H. Cuerpo.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Dn. IGNACIO JERÓNIMO SUAREZ OGALLAR.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, publíquese, tomen conocimiento las distintas Secretarías y Subsecretarías, Contaduría, Tesorería, Subsecretaría de Recursos Humanos, Sindicato del Personal Municipal del Partido de Zárate, Asociación de Trabajadores del Estado, comuníquese y archívese

Anexos

Dto 400

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