Boletines/Adolfo Alsina

Ordenanza Nº4888

Ordenanza Nº 4888

Adolfo Alsina, 20/03/2024

VISTO: La solicitud formulada por la arquitecta Nora Liliana COPPI, D.U. N° 12.455.425, Matrícula Profesional Nº 004477 de la ciudad de Coronel Suarez, que diera origen al Expediente Nº: 4001-1316/23, a fin de que se le conceda permiso de construcción de vivienda multifamiliar situado en la intersección de las calles San Martín y Lomas Valentinas de la ciudad de Carhué.-

Que de acuerdo a la Ordenanza Nº: 992/90 el inmueble se encuentra emplazado en el área denominada "R.A.U R4", habla de que la zona debe ser destinada a la residencia unifamiliar, al hospedaje, a la recreación, en pleno contacto con la naturaleza.-

El proyecto que se adjunta, hace mención a que en el lote a intervenir existe una construcción que reviste de gran significado cultural para la ciudad, debido a que allí funcionó la primera escuela de Carhué.-

Con el objetivo de preservar la memoria y el patrimonio comunitario se mantendrá sin demoler la estructura existente para que el futuro edificio se proyecte teniendo en cuenta ese significativo hito para combinar el presente con el pasado de manera funcional integrando la zona en usos mixtos, semi-públicos y privados dentro del mismo terreno.-

La planta base de la estructura está planificada dejando grandes espacios alrededor con semicubiertos y retiros de ejes divisorios, que por ley 8912 sumaron superficie complementaria de diseño a la superficie de FOS y FOT. Al igual que con el retiro de la planta baja de la línea municipal.-

El proyecto consta de un edificio con cuatro pisos o niveles con cuatro unidades habitacionales por planta y cada unidad contará con un dormitorio y un rincón estudio-escritorio.-

La superficie diseñada para uso de vivienda permanente conllevará una densidad de 100 hab/ha, contemplando la posibilidad de ser utilizado para alquileres temporarios, en cuyo caso la densidad sería de 200 hab/ha.-

En terraza a nivel piso 5, se generan espacios verdes no transitables con espacios centrales, mas acotados, de uso recreativo.-

Que la peticionante ha realizado la presentación mediante plano confeccionado al efecto. Y;

CONSIDERANDO: Que ya se encuentra trabajando el Municipio y la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano para modificar estas zonas a la realidad actual.-

Que será de suma importancia generar unidades habitacionales que permitirá explorar y disfrutar de las atracciones y experiencias que nuestra propia región tiene para ofrecer. Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo 1°.- Autorízase por VÍA DE EXCEPCIÓN a la Ordenanza Nº: 992/90, la construcción del proyecto de obra a desarrollar en el inmueble propiedad de MILLA JULIANA Y DIEGO CHIATELLINO, identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN I - SECCIÓN E - QUINTA 182, MANZANA 182 B - PARCELA 4, a los efectos de que  puedan continuar con los trámites proyectados .-

Artículo 2°.- El interesado deberá presentar todos los planos que se requieran, de acuerdo a las ordenanzas vigentes, como así también abonar los derechos que correspondan.-

Artículo 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADO Y SELLADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE MARZO  DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, Ana Clara URIBE ECHEVARRÍA – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”