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Decreto Nº2543

Decreto Nº 2543

Lujan, 29/11/2022

EX-2021-00023683- MUNILUJAN-DRH#SGPC - Promulgación Ordenanza 7998

Visto

que el Honorable Concejo Deliberante, en su sesión de fecha 8 de noviembre de 2022 ha sancionado la ORDENANZA Nº7998.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 108 inciso 2 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Promúlgase la ORDEN-2022-7998-MUNILUJAN-HCD, cuyo texto se transcribe a continuación:

“El Honorable Concejo Deliberante en ejercicio de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º.- Reconócese la deuda mantenida con la firma Telecom Argentina S.A.; C.U.I.T. 30-63945373- 8, en concepto de servicios prestados, por la suma bruta de Pesos Quinientos Ochenta y Siete Mil Dieciocho con Cuarenta y Siete Centavos ($ 587.018,47), en un todo de acuerdo con el Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 2º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a registrar y cancelar la deuda reconocida por el artículo precedente, según lo prescripto por el Artículo 141º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 3º.- Autorizase la compensación de excesos producidos en los presupuestos de origen, para la atención del reconocimiento de deuda del Artículo 1º de la presente, con economías de otras Partidas por no inversión, tal como lo faculta el Artículo 123º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese al DE, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.-

Jesica Valeria Rivarola                                                                Agustín Musso

Secretaria                                                                                    Presidente

Honorable Concejo Deliberante de Luján                                   Honorable Concejo Deliberante de Luján”

Artículo 2º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-