Boletines/Lujan
Decreto Nº 2384
Lujan, 02/11/2022
Adenda Contrato Locación de Obra Anestesista Arballo Irrazabal Joel
Visto
El expediente EX-2022-00014755-MUNILUJAN-SS en relación a la Contratación de Locación de Obra del Equipo de Anestesiólogos del Hospital Municipal “Nuestra Señora de Luján”; y
Considerando
Que en la cláusula tercera del Contrato de Locación de Obra suscripto entre la Municipalidad de Luján y el profesional Dr. JOEL ARBALLO IRRAZABAL, se prevé que el precio pactado se encontrará sujeto a los aumentos establecidos por las paritarias municipales del año en curso, que fuera aprobado mediante Decreto N° 1522 de fecha 21 de julio de 2022.
Que en el Orden n° 170, la Dirección del Hospital Municipal “Nuestra Señora de Luján” informa la necesidad de ajustar los valores y modificar la cláusula tercera y cuarta del contrato.
Que en Orden n° 171, toma vista y presta conformidad la Secretaria de Salud.
Que en Orden n° 173, toma vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal. Que en Orden n° 176, toma vista y conocimiento la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.
Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.-Apruébase la Adenda al Contrato de Locación de Obra celebrado entre la Municipalidad de Luján y el Dr. Joel Arballo Irrazabal, aprobado por Decreto N° 1522 de fecha 21 de julio de 2022.-
Artículo 2º.- Modificase el artículo 2° del Decreto N° 1522 de fecha 21 de julio de 2022, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°.- La Municipalidad abonará en concepto de honorarios la suma total de pesos cinco millones seiscientos cincuenta y nueve mil ochocientos cincuenta ($5.659.850), que se encuentra sujeta a los aumentos establecidos por las paritarias municipales del corriente año, por el período comprendido entre el 01 de mayo de 2022 y el 31 de diciembre de 2022. La misma será abonada en tres períodos; de Mayo a Julio por un valor de pesos un millón novecientos treinta y un mil doscientos cincuenta ($1.931.250) dividido en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos seiscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta ($643.750); de Agosto a Septiembre por un valor de pesos un millón cuatrocientos once mil cien ($1.411.100) dividido en dos (2) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos setecientos cinco mil quinientos cincuenta ($705.550); y de Octubre a Diciembre por un valor de pesos dos millones trescientos diecisiete mil quinientos ($2.317.500) dividido en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos setecientos setenta y dos mil quinientos ($772.500).-“
Artículo 3°.- Modificase el artículo 3° del Decreto N° 1522 de fecha 21 de julio de 2022, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3°.- A la suma mencionada en el artículo 2° podrá agregarse un adicional de hasta un máximo de pesos doscientos treinta y tres mil ochocientos veinte con catorce centavos ($233.820,14) mensuales durante el periodo comprendido por los meses de Mayo a Julio; de pesos doscientos cincuenta y seis mil doscientos sesenta y seis con ochenta y siete centavos ($256.266,87) por el periodo de Agosto a Septiembre; y de pesos doscientos ochenta mil quinientos ochenta y cuatro con diecisiete centavos ($280.584,17) por el periodo de Octubre a Diciembre en concepto de módulos pediátricos y extensiones del módulo por dos horas, no pudiendo excederse de los diez (10) módulos mensuales, los cuales deberán estar autorizados previamente por la Dirección Ejecutiva del Hospital Municipal Ntra. Sra. De Luján, debiendo ser presentados con la documentación respaldatoria, es decir, indicación médica o resumen de Historia Clínica, junto a la facturación mensual.-”
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-