Boletines/Lujan
Decreto Nº 2377
Lujan, 02/11/2022
Declaración Interés Municipal 6to. Encuentro Provincial de Consejos Locales y Niñeces y Adolescencia
Visto
Que por expediente EX-2022-00147669-MUNILUJAN-SDH, se solicita se declare de Interés Municipal El “6° Encuentro Provincial de Consejos Locales de Niñeces y Adolescencia Provincia de Buenos Aires”, a realizarse los días 4 y 5 de noviembre de 2022 en la Ciudad de Chapadmalal; y
Considerando
Que el principal objetivo es generar un diagnostico conjunto a nivel bonaerense. Que la actividad está orientada a fortalecer la herramienta coparticipativa con los Consejos Locales de niñez y Adolescencia entre los Municipios de la Provincia.
Que se realizará los días 4 y 5 de noviembre del 2022 en la Ciudad de Chapadmalal.
Que a orden 8, PV-2022-00154570-MUNILUJAN-SDH toma vista y presta conformidad la Secretaría de Desarrollo Humano.
Que a orden 10, PV-2022-00156527-MUNILUJAN-SJG toma vista y presta conformidad la Secretaría de Jefatura de Gabinete.
Que a orden 13, PV-2022-00157151-MUNILUJAN-SEF toma conocimiento y presta conformidad la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que a orden 15, PV-2022-00157979-MUNILUJAN-DP#SEF la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 sus normas modificatorias y complementarias
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Declárase de Interés Municipal el “6° Encuentro Provincial de Consejos Locales de Niñeces y Adolescencia Provincia de Buenos Aires”, a realizarse los días 4 y 5 de noviembre de 2022 en la Ciudad de Chapadmalal, Partido de General Pueyrredón, Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2°.- El gasto que demande lo dispuesto en el artículo 1°, será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
25.- Secretaria de Desarrollo Humano.
45.01.- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia
131.- De Origen Municipal.
12.1.23.01 3.5.1.0.- Transporte
Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-