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Resolución Nº607

Resolución Nº 607

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/04/2024

Visto las presentes actuaciones, referidas a la continuidad de la eximición otorgada por A.R.B.A. en el Impuesto Automotor requerida por GERMAN JUAN DOMINGO, DNI N°5.514.740, por tratarse de un automóvil destinado al traslado de una persona discapacitada; y,

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 obra copia fiel del Certificado de Discapacidad emitido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, con vencimiento 04/01/2033, a nombre de German Juan Domingo, DNI. N°5.514.740;

Que a fojas 6 obra copia fiel del certificado emitido por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, correspondiente al expediente Nº2360-0001190-2023 mediante el cual se exime del Impuesto Automotor al dominio MAF 971, desde el 04 de enero de 2023;

Que a fojas 7 obra copia fiel del Titulo del Automotor del vehículo identificado con el Dominio MAF 971, registrando como titular a German Juan Domingo, DNI. Nº5.514.740;

Que a fojas 9/10 el Departamento Recaudación informa que, analizada la documentación acompañada, corresponde se dé continuidad a la exención por discapacidad que le fuera otorgada por A.R.B.A. mediante expediente Nº2360-0001190/2023 al vehículo identificado con el dominio MAF 971 desde la fecha en que fuera migrado el padrón por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, 02/01/2024 y hasta el día 04/01/2033, fecha en que expira el certificado de discapacidad, en un todo conforme al Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires 2024 en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f);

Que el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, Ley 10.397 y sus modificatorias, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) establece que quedan exentos del pago de la presente tasa "...los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley N° 10.592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional N° 22.431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley N° 19.279, conforme artículo 1° del Decreto N° 1.313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad con discapacidad, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero...”;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º): Dar por eximido del pago en el Impuesto Automotor - Ley Nº 13.010 - al vehículo identificado con el MAF 971, a partir del 02/01/2024 y hasta el día 04/01/2033, como indica en el certificado de discapacidad, por encontrarse afectado al uso de una persona discapacitada, en virtud de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires 2024 en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVAR.-