Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº151

Resolución Nº 151

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/05/2024

Visto las presentes actuaciones iniciadas por el Club Midgistas del Sur, referidas a la autorización transitoria para la realización de competencias de midget a desarrollarse en el complejo deportivo de la entidad sito en Aldea Romana, en el marco de la “Temporada Invernal de MIDGETS 2024”; teniendo la documentación aportada por el recurrente y atento al informe elaborado por la Dirección de Defensa Civil; el Vicejefe de Gabinete y Gobierno , en uso de las facultades que le confiere el Decreto Nº 4995/2023

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º)- Autorícese al CLUB MIDGISTAS DEL SUR, CUIT 30-68114901-1 a realizar las competencias de midget “Temporada Invernal 2024”; en las siguientes fechas del corriente año; en el complejo deportivo de la entidad ubicado en calle El Boyero N° 2220, Aldea Romana, debiendo obtener la entidad organizadora la habilitación correspondiente emanada de la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo Deportivo, organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de todos los recaudos necesarios para tal fin.

Primera Domingo 16 de junio (diurna)

Segunda Domingo 14 de julio (diurna)

Tercera Domingo 28 de julio (diurna)

Cuarta Domingo 25 de Agosto (diurna)

Quinta Viernes 13 de Septiembre (nocturna)

Sexta Viernes 20 de Septiembre (nocturna)

ARTICULO 2º)- Hágase saber al organizador lo siguiente:

-La autorización del evento transitorio se emite con carácter de excepción, debiendo dar cumplimiento a futuro a lo que determina la Ordenanza Nº 11745, en su artículo 2º, el cual estipula un período no inferior a treinta (30) días para la presentación de la solicitud.

-.Deberá presentar  la entidad organizadora el seguro de espectador 48 horas previas al inicio del espectáculo.

-En el supuesto caso de que el Servicio Meteorológico Nacional produzca una alerta temprana de tormenta severa, deberá proceder a la suspensión de evento.

ARTICULO 3º)- Hágase saber a la entidad que en caso de realizar lanzamientos de Fuegos Artificiales, deberán solicitar mediante nota la autorización correspondiente, comunicar el día y hora, como así también el contrato con personal de la Brigada de Explosivos, la cual deberá estar presente desde el arribo de los artefactos, durante el montaje y detonación de los mismos y un tiempo posterior de finalizadas las detonaciones, asegurándose que todas las cargas hayan sido detonadas y estableciendo una zona de seguridad.

ARTICULO 4º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Dirección de Rentas, Departamento Recaudación; y RESERVESE en la Dirección de Defensa Civil a fin de constatar el cumplimiento de lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente resolución.-