Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 138
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/05/2024
Visto lo solicitado por la Dirección del Instituto Cultural a fs. 18 de las presentes actuaciones, ante la necesidad de apuntalar, reestructurar, profundizar y dinamizar las acciones y las labores en su área administrativa, con el fin de optimizar el funcionamiento de la misma; y
Considerando
Que en pos de alcanzar las metas y objetivos propuestos para la presente gestión, teniendo en cuenta las facultades y obligaciones otorgadas por Ordenanza 12.711 – “Creación del Instituto Cultural”, en relación a lo estimado en su Artículo 15º inc. j) que indica “...Proponer al D. Ejecutivo la estructura orgánica y funcional del Instituto, y las designaciones, ascensos, traslados y remociones, de acuerdo a la normativa vigente que rigen para el personal de la administración municipal…”,
Que atento al informe elevado por la Secretaría de Economía a fs. 19, y la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fs. 19 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º)- Dar por finalizada la función jerárquica de Jefe de División del Instituto Cultural, de la agente Marisa Elizabeth AGUIRRE, legajo Nº 14.382, en categoría 02/3B, dejando de abonar la Bonificación por Función Jerárquica que percibe, según lo establecido en el Articulo 6° del Decreto 1400/2009 y 550/2023, retornando a su categoría de revista efectiva 02/3A, manteniendo su jornada horaria semanal ampliada de cuarenta (40) horas, a partir del día 13 de mayo de 2024.
ARTÍCULO 2º)- Encomendar a la agente Carolina Spagnoli, legajo Nº 11. 599, la función de Jefa de Despacho del Instituto Cultural (Oficina Nº 311), manteniendo su categoría efectiva y su jornada de cuarenta (40) horas semanales, abonándole la diferencia entre su categoría de revista actual 05/1B.03 y la categoría 02/3B, y la correspondiente Bonificación Remunerativa por Función Jerárquica del 28%, según Artículo Nº 3 del Decreto 550/2023, modificatoria del Decreto 1400/09, en virtud de las tareas encomendadas y de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 275 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, a partir del día 13 de mayo de 2024 y hasta el 30 de junio del 2024.
ARTÍCULO 3º)- Dejar constancia que, si durante el período en el que tiene encomendada la función mencionada, la agente en cuestión hace uso de licencia alguna y la sucede en remplazo por ese período otro agente, la misma dejará de percibir la diferencia de categoría y la bonificación hasta tanto dure su ausencia, y se le deberán abonar ambos conceptos a quien efectúe dicho reemplazo.
ARTÍCULO 4º)- El presente gasto deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos Vigente: Fuente. 110, Jurisdicción. 1110108000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto. 1.1.1.2.
ARTÍCULO 5º)- Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Administración de Personal, Subdirección de Capital Humano; dése al Registro Oficial y RESÉRVESE.-