Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 46
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 25/03/2024
Visto lo solcitado a fs. 1 por el agente Gerson Emmanuel Almendra, Legajo Nº 14.622, dependiente de la División Mayordomía (Oficina Nº 432), con respecto al reconocimiento de los servicios que el nombrado prestara en carácter de becario a la Municipalidad de Bahía Blanca durante el período comprendido entre el 19 de abril del 2010 y el 30 de junio de 2012, como ási también se le reconozcan las diferencias salariales de dos (2) años anteriores a la fecha de la solicitud (7 de marzo de 2024) de acuerdo al Articulo 2562 inc. C del Código Civil y Comercial; considerando el informe y la documentación pertinente agregada por el Departamento Administración de Personal a fojas 2 y 3 y contando con la intervención de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 3 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1°: Hacer lugar a lo solicitado por el agente Gerson Emmanuel ALMENDRA, DNI 35.413.471, legajo N°14.622, reconociéndole los servicios desempeñados para la Municipalidad de Bahía Blanca en carácter de personal becario, por el término de DOS (2) AÑOS, DOS (2) MESES Y DOCE (12) DÍAS.-
ARTÍCULO 2°: El reconocimiento realizado mediante el artículo 1º se efectúa a partir de la fecha de interposición del reclamo por parte del agente interesado, 7 de marzo de 2024, y al sólo efecto de la percepción de la Bonificación por Antigüedad y el usufructo de Licencia Anual Ordinaria, dejando expresa constancia que quedará exclusivamente a cargo del agente la realización de los trámites pertinentes ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.) a los fines de la obtención de reconocimiento de servicios en el ámbito previsional.-
ARTÍCULO 3°: El pago de la Bonificación por Antigüedad será aplicando el 1% de su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios reconocidos en el artículo primero, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
ARTICULO 4°: Hacer lugar a lo solicitado por el agente Gerson Emmanuel ALMENDRA, DNI 35.413.471, legajo N°14.622 en cuanto al reconocimiento de las diferencias salariales no prescriptas de dos (2) años anteriores al 7 de marzo de 2024 de acuerdo a lo establecido por el articulo 2562 inc. C del Código Civil y Comercial, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del artículo 140° del Reglamento de Contabilidad y artículo 54° del Decreto Provincial 2980/00.-
ARTÍCULO 5°: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110101000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1131.-
ARTÍCULO 6°: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota el Departamento Administración de Personal, Subdirección de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, hecho, vuelva para la redacción del correspondiente proyecto de ordenanza.-