Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1186

Decreto Nº 1186

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 26/04/2024

VISTO :

El Acta Acuerdo entre este Municipio, el INTA Bahía Blanca y el Departamento de Agronomía de la Universidad Nacional del Sur, obrante en el presente expediente y,

CONSIDERANDO:

Que dicho acuerdo se ha firmado en el marco del Convenio de Colaboración Mutua y Propósitos Generales suscripto entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la Universidad Nacional del Sur, el 17 de julio de 1996; el Convenio Marco entre El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y Municipalidad de Bahía Blanca, y el Convenio Marco entre el INTA y la Universidad Nacional del Sur;

Que es voluntad de todas las partes proseguir con el Programa de Promoción y Desarrollo del Cinturón Hortícola de Bahía Blanca, para brindar apoyo a los pequeños productores del sector, a través del asesoramiento técnico y la búsqueda de su productividad;

Que es a través de la unión de recursos y conocimientos que se pueden alcanzar objetivos más altos que redunden en beneficios para los horticultores,

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- DECRETA -

ARTÍCULO 1º) Registrar el Acta Acuerdo celebrado el día 25 de abril de 2024, entre la Municipalidad de Bahía Blanca, el Departamento de Agronomía de la U.N.S. y el INTA Bahía Blanca para promover el desarrollo productivo del sector hortícola y brindar asesoramiento técnico, económico, socio productivo y ambiental a los pequeños productores del cinturón hortícola de Bahía Blanca, el cual tendrá vigencia a partir del 1 de Mayo de 2024 y hasta el 30 de abril de 2025.

ARTÍCULO 2º) El gasto que demande el Acuerdo aprobado en el ARTÍCULO 1°, se gestionará mediante Sistema Contable R.A.F.A.M., a través de la Solicitud de Pedido 101R-3074-2024 y posteriores solicitudes que surjan dentro del plazo de vigencia establecido en el presente decreto.

ARTÍCULO 3°) Cúmplase, notifíquese a los interesados, tome nota Subdirección de Presupuesto y Departamento Contaduría General, gírese al Honorable Concejo Deliberante a fin de dar cumplimiento al artículo 273 de la Ley Orgánica de Municipalidades; dése al R.O., hecho: RESÉRVESE.-