Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 838
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/03/2024
Visto las presentes actuaciones, por las cuales se tramita la celebración de un nuevo contrato de locación del inmueble ubicado en calle Luis María Drago 45,Unidad Funcional N°: 10., tercer piso, polígono 03-03 de la ciudad de Bahía Blanca donde funcionan las oficinas de la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo, y
CONSIDERANDO:
El artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades respecto del compromiso de fondos de ejercicios futuros, el visado de la Subsecretaría Legal y Técnica y la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- DECRETA -
ARTICULO 1º) – Registrar el Contrato de Locación celebrado entre esta Comuna y el Sr. Alfredo Cesar KOHLER, C.U.I.T. 20-16250343-0, por el alquiler del inmueble ubicado en calle Luis María Drago 45, Unidad Funcional N°: 10., tercer piso, polígono 03-03 de la ciudad de Bahía Blanca destinado al funcionamiento de las oficinas de la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo, por el término de doce (12) meses, contados a partir del día 1 del mes de marzo de 2024, venciendo en consecuencia el 28 de febrero de 2025.-
ARTICULO 2º) - Proceder a liquidar a través del Departamento Contaduría General y Departamento Tesorería, los canones de locación correspondientes, al Sr. Alfredo César KOHLER, DNI 16250343, CUIT 20-16250343-0, CBU 0140393803624350429682, en carácter de Locador del mismo, tal lo establecido en la cláusula TERCERA del contrato de locación, como así también los gastos por consumo de energía eléctrica conforme cláusula SEXTA del mencionado contrato, mediante la confección de expedientillos de pago.-
ARTICULO 3º) - El gasto que demande lo dispuesto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110124000, Categoría Programática 01.02.00, Gasto 3.2.1.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 4º) - Cúmplase, notifíquese, tomen nota Contaduría General, Subsecretaría de Desarrollo Productivo y gírese al Honorable Concejo Deliberante a fin de dar cumplimiento al artículo 273 de la Ley Orgánica de Municipalidades; dése al R.O. y RESERVESE.-