Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 150
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/05/2024
Visto la nota obrante a fs. 1, por la cual se solicita la recategorización y ampliación horaria del agente Martín Manuel SEGURA, legajo N° 15.463, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Productivo (oficina 101) y asignado al Programa Huertas de la Ciudad, y atento lo dictaminado por la Junta de Ascensos y Calificaciones a fojas 5, lo informado por la Subdirección de Capital Humano a fs.6 y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fs. 6 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º: Designar en forma interina en categoría 06/3A al agente Martín Manuel SEGURA, legajo N° 15.463, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Productivo (oficina 101); manteniendo su situación de revista efectiva, a partir del día de su notificación, y por el término de un (1) año tal lo establecido en el artículo 17º del Convenio Colectivo de Trabajo.-
ARTICULO 2º: Dejar sin efecto la ampliación de la jornada horaria de cuarenta (40) horas semanales que posee el agente Martín Manuel SEGURA, legajo N° 15.463, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Productivo (oficina 101), a partir del día de su notificación.-
ARTICULO 3º: Ampliar a cuarenta y cuatro (44) horas semanales la jornada horaria que posee el agente Martín Manuel SEGURA, legajo N° 15.463, categoría 06/3A, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Productivo (oficina 101), a partir del día de su notificación y hasta el 30 de junio de 2024.-
ARTICULO 4º: Déjase constancia que la carga horaria otorgada por el artículo 3º se corresponde directamente con las tareas específicas que realiza el agente en el Programa Huertas de la Ciudad y que la modalidad de cumplimiento de la jornada horaria deberá ser informada al Departamento Administración del Personal.-
ARTICULO 5º: Déjase constancia que el agente Martín Manuel SEGURA, legajo N° 15.463, dió cumplimiento a lo establecido en el artículo 3º de la Ordenanza 20.161 de Adhesión del Partido de Bahía Blanca a la Ley Provincial 15.134 -"Ley Micaela".-
ARTICULO 6º: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110124000, Cat. Programática: 01.01.00; Gasto: 1.1.1.6 del presupuesto de gastos vigente.-
ARTICULO 7º: Cúmplase, notifíquese al interesados, tome nota Departamento Administración del Personal, Subdirección de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, y Contaduría General, dése al R.O. y RESERVESE.-