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Resolución Nº844

Resolución Nº 844

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/05/2024

Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por Antonella DE PALMA, con CUIT 27-43596589-5, para desarrollar actividades bajo el rubro de Venta al por menor de prendas de vestir y accesorios, en el domicilio de la calle 19 de Mayo Nº 325 de la Localidad de Bahía Blanca, y;

CONSIDERANDO

Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 30/04/2024, conforme constancias obrantes a fs. 1;

Que de fs.2/7 y 13 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que a fs.8 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 5046 de fecha 10/05/2024, dejando constancia que el local reúne condiciones de uso e higiene al momento de la inspección;

Que a fs.9/11 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº1123/93;

Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos dla Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º)- Habilítase a Antonella DE PALMA, con CUIT 27-43596589-5, contribuyente Nº 093431, para desarrollar actividades bajo el rubro Venta al por menor de prendas de vestir y accesorios, en el domicilio de la calle 19 de Mayo Nº 325 de la Localidad de Bahía Blanca.

ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 271/2024 a nombre de Antonella DE PALMA, Contribuyente Nº 093431 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.

ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.

ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.

ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido: Archívese.-