Boletines/Tandil

Decreto Nº1723/2024

Decreto Nº 1723/2024

Tandil, 29/05/2024

Visto

La solicitud de ampliación de designación como personal de Servicio – Mucama, de la trabajadora Claudia Lorena Moran - Legajo 11.601, efectuada por la Jefa del Departamento de Servicios Generales del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en virtud de su buen desempeño.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente Descentralizado.

Que su última ampliación de designación vence el 16 de abril de 2024, según Decreto Nro. 393/24.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Amplíese la designación a la trabajadora Claudia Lorena Moran - Legajo 11.601, como Personal de Servicio - Mucama, en la categoría 1 - 48 horas semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizada, cumpliendo tareas en el Hospital "Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 17 de abril de 2024 y por el término de tres (3) meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.

Artículo 2°: Se deja establecido que la trabajadora Claudia Lorena Moran - Legajo 11.601 se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Coordinación de Mucamas/os.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 - Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 - Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 – Administración y Conducción, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.2.0.0 - Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.3 - Personal Reemplazante, 1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 - Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 - Liquidación Obra Social, 1.2.6.0 - Complementos, 1.2.6.7 - Presentismo del presupuesto de gastos en vigencia.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamento de Servicios Generales, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)               -           Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

             Presidencia del Sistema Integrado de Salud      -                        Intendencia