Boletines/Tandil
Decreto Nº 1718/2024
Tandil, 29/05/2024
Visto
La solicitud de ampliación de designación como personal de Enfermería de la trabajadora Flavia Vanesa Bracco - Legajo 11.711, efectuada por el Jefe del Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado en virtud de faltante de personal a causa de la baja de la trabajadora Carla Junco - Legajo 11.623,
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente. Que su última designación fue el día 2 de enero de 2024, bajo la modalidad de disposiciones, venciendo la cuarta de ellas el 1° de mayo de 2024.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíese la designación de la trabajadora Flavia Vanesa Bracco - Legajo 11.711, como Personal de Enfermería en la categoría 8 – 48 hs. semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizada, cumpliendo tareas en el Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 2 de mayo de 2024 y por el término de tres (3) meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.
Artículo 2°: Se deja establecido que la trabajadora Flavia Vanesa Bracco - Legajo 11.711, se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Departamento de Enfermería.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 - Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 - Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 – Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 - Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.2.0.0 - Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.3 - Personal Reemplazante, 1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 - Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 - Liquidación Obra Social, 1.3.0.0 - Servicios Extraordinarios, 1.3.1.0 - Retribuciones Extraordinarias, 1.3.1.9 - Garantía de Enfermería del presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos, Enfermería y Contaduría, Direcciones del Hospital “Ramón Santamarina”, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia