Boletines/Tandil
Decreto Nº 1695/2024
Tandil, 28/05/2024
Visto
La Ordenanza Nº: 18453, sancionada por el Concejo Deliberante con fecha 23 de mayo de 2024, mediante la cual se modifica el Artículo IV.31, del Capítulo IV, del Título 2 – Normativa Reglamentaria, del Anexo A, de la Ordenanza 9865, el que quedará redactado de acuerdo a la presente ordenanza.
Considerando
Las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Ley Orgánica Municipal, por Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias, en el art. 108 inc.2) y concs.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza 18453, sancionada por el Concejo Deliberante de Tandil.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, dése al registro de Ordenanzas, al Boletín Municipal, y archívese. Tomen conocimiento Secretaría de Gobierno, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Ordenamiento Territorial y Catastro, Dirección de Obras Privadas, Secretaría de Economía, Dirección de Rentas, y oportunamente Archívese.-
Firma Digital: Julio Elichiribehety (Jefe de Gabinete) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Jefatura de Gabinete de Secretarios - Intendencia