Boletines/Tandil

Decreto Nº1674/2024

Decreto Nº 1674/2024

Tandil, 27/05/2024

Visto

La nota presentada por la Dirección Médica del Hospital "Ramón Santamarina", por medio de la cual se informa que la Dra. Alicia FLorencia Bruggesser retoma a su cargo de reserva por la finalización de su designación en el Ministerio de Salud.

Considerando

La necesidad de contar con un Jefe Médico del Servicio de Infectología

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Dese por finalizada a partir del 13 de mayo de 2024, la Licencia por cargo de Mayor Jerarquía de la Dra. Alicia Florencia Bruggesser - Legajo 8.488 otorgada por el Decreto Nro. 3698/22 y su modificación conforme Decreto Nro. 3799/23, retomando a su cargo de revista como Personal Profesional C.P.H categoría 12 - 24 hs. semanales del régimen de planta, perteneciente al Personal de Planta Permanente del Hospital "Ramón Santamarina" del Sistema Integrado de Salud Pública

Artículo 2°: Desígnese a la doctora Alicia Florencia Bruggesser como Jefa del Servicio de Infectología del Hospital "Ramón Santamarina" del Sistema Integrado de Salud Pública, categoría 12 - 36 hs. semanales del régimen de planta, con una bonificación por función equivalente al cien por ciento (100%) de su categoría de revista, conforme a la Carrera Profesional Decreto Nro. 1306/04. partir del 01 de junio de 2024 en carácter de interina y hasta que la Dirección Médica lo determine.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 – Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.3 Personal Profesional, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Por Antigüedad, 1.1.3.7 Honorarios Profesionales, 1.1.5.0 Otros gastos en personal, 1.1.5.1 Función Carrera Profesional Hospitalaria, 1.1.5.7 Bonificación especial del Presupuesto en vigencia.

Artículo 4°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia, Direcciones del Hospital “Ramón Santamarina”, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)                   -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud              -                Intendencia