Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 18458/2024
Tandil, 23/05/2024
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Sr. Jorge Aquino –DNI Nº 14.416.262-, a ocupar el espacio público en el “Parque Soñado de los Niños”, para la instalación de un carro pochoclero.
La Autoridad de Aplicación definirá el horario de funcionamiento y la ubicación específica del carro en dicho espacio.
ARTÍCULO 2º: A los efectos de la presente ordenanza, la solicitante deberá:
a) retirar el carro fuera del horario establecido por la Autoridad de Aplicación;
b) reunir los requisitos solicitados por la Dirección de Bromatología y por la Dirección General de Inspección y Habilitaciones;
c) cumplimentar con las condiciones establecidas la Ordenanza Nº 13.633 (Marco regulatorio para el uso y ocupación de la vía pública); y
d) abonar el Derecho de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, de acuerdo a la tarifa vigente en la Ordenanza Impositiva, Artículo 65º, inciso c.
ARTÍCULO 3º: La presente disposición tendrá vigencia por UN (1) año, y no será válida para ferias de Semana Santa, muestras, exposiciones, y todas aquellas actividades o espectáculos programados con duración no mayor a 2 (dos) días, tales como recitales, shows, entre otros. Para dichos eventos se deberá tramitar la autorización ante la Autoridad de Aplicación.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Registrada bajo el Nº 18458
REF: Asunto Nº 100/2024 Expte. Nº 2024/01392/00
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)