Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº763/2024

Decreto Nº 763/2024

Benito Juarez, 29/05/2024

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “T” Nº 10/2024, en el cual a fs. 2 luce nota remitida por el Sr. EDEN MARTIN IGNACIO (D.N.I. 28.219.607) solicitando el levantamiento de la hipoteca constituida sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circ.: I - Secc.: B -  Quinta 51 - Manzana 51c– Parcela 26- Partida Inmobiliaria: 16636, por haber cancelado la deuda;  

QUE  dicha hipoteca se halla inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires en fecha 24/05/2006 en la Matrícula Nº 12.855 del Partido de Benito Juárez (53) en virtud de la escritura que se adjunta de fs. 3 a 6; 

QUE a fs. 7 luce certificado emitido por la Dirección de Recaudación de libre deuda total, quedando acreditado que la solicitante referenciada ha cancelado la totalidad de la deuda contraída con éste Municipio en concepto en virtud de la deuda contraída con éste Municipio en concepto de “Plan Solidaridad 50 Viviendas”, cuyo crédito se encontraba garantizado con la hipoteca que recaía sobre el inmueble inscripto;

QUE a fs. 8 obra despacho de la Asesora Legal de la Comuna, donde solicita autorizar el levantamiento de hipoteca del inmueble identificado “ut supra”, toda vez que la hipoteca ha sido totalmente cancelada, dando  intervención a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento del acto notarial correspondiente;

QUE el Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Autorizase a la cancelación de la hipoteca del inmueble identificado catastralmente como: Circ.: I - Secc.: B -  Quinta 51 - Manzana 51c– Parcela 26- Partida Inmobiliaria: 16636, inscripto bajo número de Matrícula: (053) 12.855, por ante Escribanía General de Gobierno, atento haber cancelado la deuda, conforme lo actuado en el Expte. Letra “T” Nº 10/2024.

Artículo 2º.-  Notifíquese.

Artículo 3º.- Refrendara el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 4º.- Cumplido, comuníquese, dese al R.O de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretarías de Gobierno, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, de Hacienda, Dirección de Tierras Asesoría Legal y Auditoria, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE GOBIERNO                                           

ING. SERGIO J. ACOSTA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 763.-