Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº723/2024

Decreto Nº 723/2024

Benito Juarez, 22/05/2024

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 35/24 y lo establecido en el Artículo N°16 de la Ordenanza Impositiva Nº 5990/2024 donde expresan los valores de la “Tasa Única para Grandes Contribuyentes Prestadores de Servicios Públicos y Privados” que el mismo artículo menciona que será actualizado a partir de la cuota Nº 02/2024 en forma bimestral por el índice de actualización automático;

QUE para la determinación del monto a pagar por esta Tasa se deberá calcular la base Imponible y aplicar los 20 KW por mes por clientes o usuarios establecidos en su Art. N°16;

QUE en función a lo requerido por las Empresas Prestadoras del Servicio de Gas para presentar ante sus Entes Reguladores se deberá hacer una EQUIVALENCIA entre el valor de un R1 y 20 KW y así poder liquidar a los entes prestadores de Gas;

QUE a fojas 5,  el Director de Recaudación informa tal equivalencia;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo lº.- Equipárese el valor de un R1 con el valor Unitario de 20 KW que se establece en el Articulo N°16 de la Ordenanza Impositiva 2024 para la mencionada “Tasa Única para Grandes Contribuyentes Prestadores de Servicios Públicos y Privados”, de acuerdo al siguiente detalle:

MES PRODUCTO IMPORTE
feb-24 Importe a Abonar según Art. N°16 Oza. N° 5990/24. $ 28.040.227,50
feb-24 Cantidad de R1 (cargo Fijo de la Pcia. Bs.As.) $ 13.100,76

 

Artículo 2º.-Refrendarán el presente acto administrativo el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda.

Artículo 3º.-Comuníquese, dése al R. O. De Decretos y Resoluciones, tome nota Comercio, Inspección General, Dirección de Recaudación, Dirección de Presupuesto, Privada, Secretaría de Gobierno y Secretaría de Hacienda y Auditoría, cumplido, archívese.

JEFE DE GABINETE

A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA

SR. JORGE O. ISMAEL

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 723-