Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 722/2024
Benito Juarez, 21/05/2024
Visto
lo actuado en Expte. Letra “H” Nº 05/2024, por el que se tramita la propuesta de inversión en Letras del Estado Provincial por parte de la Municipalidad de Benito Juárez, y;
Considerando
que la Administración Financiera se define como el conjunto de normas, órganos y procedimientos que intervienen en la programación, gestión y control necesarios para captar los fondos públicos y aplicarlos para la concreción de los objetivos y metas del Estado, de la forma más eficiente posible;
QUE las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios piloto del Decreto Nº 2980/00 –RAFAM- pretenden que las Tesorerías Municipales se constituyan en institutos que se ocupan de gestionar los flujos de recursos y gastos de sus respectivas haciendas, procurando optimizar el rendimiento de las inversiones financieras;
QUE el artículo 66° de las Disposiciones mencionadas, otorga a la Tesorería municipal competencia para participar en la evaluación e instrumentación de inversiones temporales de recursos transitoriamente disponibles.
QUE conforme al artículo 225° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el patrimonio municipal está constituido por los créditos, títulos y acciones, adquiridos o financiados con fondos municipales;
QUE ésta decisión refleja la coordinación y el trabajo conjunto entre los diferentes niveles de gobierno, con el objetivo de promover el bienestar y el desarrollo de la comunidad. El municipio espera que esta acción contribuya a la ejecución exitosa de los proyectos financiados por las letras del tesoro y genere un impacto positivo en la población;
QUE con la inversión en Letras del Estado Provincial, utilizando los servicios del Banco Provincia de Buenos Aires (BAPRO), se estaría dando cumplimiento con lo dispuesto en la normativa vigente, sin encontrar impedimento alguno para efectuarla y atento a que dicha sociedad se encuentre mayoritariamente compuesta por fondos públicos del Estado de la provincia de Buenos Aires;
QUE el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda presta conformidad con lo actuado;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorizase a la Tesorería Municipal a utilizar la cuenta comitente en Banco Provincia Nº 6361-00103086909 y proceder a la inversión de fondos en Letras del Estado Provincial, conforme los procedimientos establecidos en la normativa vigente.
Artículo 2º.- Instrúyase a la Tesorería Municipal a utilizar los servicios del Banco Provincia de Buenos Aires para la gestión de las operaciones que se efectúen en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. De Decretos y Resoluciones, tome nota Contaduría, Tesorería, Presupuesto, Auditoria, Jefatura de Gabinete y Secretaría de Gobierno, cumplido, archívese.
JEFE DE GABINETE
A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA
SR. JORGE O. ISMAEL
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 722-