Boletines/Vicente López
Decreto Nº 3245/24
Vicente López, 07/05/2024
Referencia: EXPTE-EEMVL-56-2024
Visto
Las ofertas presentadas en el segundo llamado a Licitación Pública Nº 11 dispuesto por Decreto Nº 2073/24 por la “ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE DIVERSOS EFECTORES, DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE SALUD”, y
Considerando
Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 881 se han presentado dos oferentes.
Que a fs. 893 la Secretaría de Salud, solicita realizar una mejora de oferta.
Que a fs. 909 obra el Acta de Apertura de la Mejora de Oferta.
Que a fs. 916/918 surge el análisis comparativo de la Mejora de oferta, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.
Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 921/928 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a las firmas VALOT S.A. y MAXILIMP S.A. por un total de $ 125.933.206,30.-
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1.- ADJUDICAR a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la “ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE DIVERSOS EFECTORES, DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE SALUD”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales, a las Notas Aclaratorias Nros. 1 y 2 y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación de fs. 921/928.
VALOT S.A. | $102,752,195.70 |
MAXILIMP S.A. | $23,181,010.60 |
TOTAL | $125,933,206.30 |
Artículo 2.- La suma de Pesos ciento veinticinco millones novecientos treinta y tres mil doscientos seis con treinta centavos ($ 125.933.206,30), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos N° 0-1121 obrante a fs. 35/57 y Ajuste de Preventiva N° 9-000337 de fs. 932.
Artículo 3.- Las firmas adjudicatarias deberán presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero, por el 90% (noventa por ciento), conforme lo dispuesto
por el Artículo 30 del mismo Pliego.
Artículo 4.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Salud y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 5.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Salud y Jefatura de Gabinete.
Artículo 6.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
FDO: MARTINEZ-ALVAREZ - MARTINEZ- CARRILLO