Boletines/Brandsen

Decreto Nº0869

Decreto Nº 0869

Brandsen, 15/05/2024

Visto

                                    Visto la nota presentada por la Directora de Educación, y;

Considerando

Que mediante la misma solicita se autoricen los gastos que demandara la colaboración para el traslado de alumnos que estén cursando 4°, 5° y 6° año de las Escuelas Primarias, para participar del programa “River hace Escuela” el cual consiste en visitas al Monumental y al Museo River Plate con el fin de conocer la historia de un icono deportivo;

 

                                      Que el mencionado programa tiene una duración de 1.45 horas, comenzando a las 10:00hs recorriendo el Museo donde conocerán la historia y trayectoria del Club, continuara en el Estadio y culminara con una charla en la confitería del mencionado Club;

 

                                    Que este Municipio estima razonable otorgar la ayuda solicitada con fundamento en la Ley Nacional Nº 26075, de Financiamiento Educativo, que establece en su Art. 1º  “… Serán utilizados con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyar las políticas de mejora en la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científico- tecnológica, reafirmando el rol estratégico de la educación, la ciencia y la tecnología en el desarrollo económico y socio cultural del país.”;

                                    Que, en razón de ello, se considera razonable dictar el acto administrativo de rigor;

POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta 

ARTÍCULO 1º.- Autorizase los gastos que demande el traslado de alumnos que estén cursando 4°, 5° y 6° año de las Escuelas Primarias, para participar del programa “River hace Escuela” el cual consiste en visitas al Monumental y al Museo River Plate con el fin de conocer la historia de un icono deportivo. -

 

ARTICULO 2º.- El cumplimiento del artículo anterior, será imputado con cargo a:                   Jurisdicción: 5000 - Categoría Programática: 18.04 – Fuente de Financiamiento: 110 - 132.-

 

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de                      Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -

 

ARTÍCULO 4º.-  Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-