Boletines/Zárate

Decreto Nº387/24

Decreto Nº 387/24

Zárate, 22/05/2024

Visto

El Expediente Nº 4121-2902/2024, en el que corre agregada la Nota proveniente de la Directora CLAUDIA CHURRARIN de EES Nº 12”; y-

Considerando

Que, a fs. 1 obra la nota de solicitud de la donación de transporte para salida Educativa de 58 alumnos y 6 docentes, de 4to y 5to año, al complejo Industrial Pascual Mastellone, en la localidad de Gral. Rodríguez;

Que, a fs. 6 se acompaña nota del Director General de Gestión Escolar, considerando se otorgue subsidio por monto PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL, QUINIENTOS ($ 544.500,00);

Que a fs. 7 se acompañan copia del presupuesto presentado;

Que fs. 8 Consta Informe de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires donde se certifica que la referida Cooperadora cuenta con estatuto y miembros de la comisión directiva aprobados por el organismo;

Que el dec-Ley 9388/79 reconoce como entidad de bien público a las asociaciones, sociedades, fundaciones y toda otra entidad, cualquiera sea su naturaleza, que desarrolla actividades de interés social, cultural, benéfico y en general de cooperación para el logro del bienestar de la comunidad, pudiendo recibir ayuda estatal a través de la provincia o de la municipalidad;

Que el decreto ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades (tv), establece que toda entidad ajena a la comuna que reciba de esta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio quedan obligados a probar la inversión de las mismas. En igual sentido se expresa el art 50 del decreto 2980/00. Además, la citada normativa señala que a falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a la entidad percibir nuevos beneficios;

Que Obra dictamen de la Subsecretaria de Asuntos Legales sin prestar observaciones a fs. 17/18;

Que, por lo expuesto precedentemente corresponde acceder a lo peticionado;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Autorizase a la Contaduría Municipal, a abonar la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL, QUINIENTOS ($ 544.500,00), en concepto de subsidio con cargo a rendición de cuenta a la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA EDUCACION PRIMARIA Nº 22 de Zárate, con domicilio en Ruta 9 Km 103 de la Ciudad de Zarate.-

ARTÍCULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a la siguiente Partida: Jurisdicción: 1110108000 - Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social; Programa: 85: Educación; Actividad 05: Apoyo a Instituciones Educativas- Fuente de Financiamiento: 133: Origen Nacional- Afectación: 11.9.14.00 -Fondo de Financiamiento Educativo; Partida: 5.1.5.0. – Trasferencia a instituciones Educativas.-

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ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deportes, IVÁN R. GÓMEZ GEREZ.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, publíquese y comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deportes, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, y archívese.-