Boletines/Zárate
Decreto Nº 46/24
Zárate, 17/05/2024
Visto
El expediente N° 4121-5820/2019 y la Ordenanza N° 4450;
Considerando
Que, en el expediente citado en el Visto tramita el pedido de factibilidad, permiso de construcción y habilitación por parte de la empresa TORRESEC ARGENTINA S.A. del sitio TA0349 para la instalación de una estructura monopolo de soporte de antenas de 24 metros de altura construida en Calle Dr. Félix Pagola S/N Nomenclatura Catastral: CIRC. I - SECC. A - MZ. 11 P - PC. 21 A, Partido de Zárate, Provincia de Buenos Aires;
Que, a los efectos de la tramitación de los permisos correspondientes la empresa presentó la documentación requerida por la Municipalidad de Zárate en forma completa y correcta acorde a los artículos 7, 9 y 11 de la Ordenanza N° 4450;
Que, la Ordenanza N° 4450 reglamenta las antenas de radiocomunicaciones y sus estructuras asociadas ubicadas dentro de la Jurisdicción del Municipio de Zárate;
Que, en las presentes actuaciones no existen observaciones por parte del Departamento de Proyectos Obra Vial, la Dirección de Catastro, la Dirección de Obras Particulares y la Dirección de Planificación y Control Ambiental en sus respectivas incumbencias respecto a la documentación presentada. Dichas dependencias se encontraban vigentes al momento del dictado de las opiniones citadas conforme la estructura orgánica funcional del Departamento Ejecutivo de ese momento;
Que, el artículo 5° de la citada Ordenanza establece como Autoridad de Aplicación a la Secretaría de Hábitat, Planificación e Infraestructura y la Secretaria de Gobierno o en el futuro quien a estas la reemplace;
Que, en la actualidad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5045 por la que las funciones de la Secretaría de Hábitat, Planificación e Infraestructura han sido absorbidas por la Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos a partir del 1° de enero de 2024, sido en consecuencia esta última autoridad de aplicación de la Ordenanza N° 4450;
Que, habiendo las áreas competentes declarado cumplidos los requisitos exigidos por la Ordenanza N° 4450, y verificado que se encuentre el pago de la TASA POR EL EMPLAZAMIENTO DE ESTRUCTURAS SOPORTE DE ANTENAS correspondiente, en cumplimiento de los dispuesto por el artículo 17 de la misma, corresponde acceder a los peticionado;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades que le son propias;
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°.- Otorgar a la empresa TORRESEC ARGENTINA S.A. la habilitación definitiva solicitada del sitio TA0349, según artículo 17 de la Ordenanza N° 4450 de
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la estructura monopolo de soporte de antenas de veinticuatro (24) metros de altura, construida en Calle Dr. Félix Pagola S/N, Nomenclatura Catastral: CIRC. I - SECC. A - MZ. 11P - PC. 21 A, Partido de Zárate, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- La empresa TORRESEC ARGENTINA S.A. deberá abonar anualmente la Tasa de Inspección y Verificación prevista en el artículo 257 de la Ordenanza Fiscal N° 5057 y 37.2 de la Ordenanza Impositiva N° 5058.
ARTÍCULO 3°.- La habilitación otorgada deberá respetar la Ordenanza N° 4450 en todos los artículos que refieren a la operación del sitio habilitado. La empresa TORRESEC ARGENTINA S.A. deberá notificar obligatoriamente con antelación a la Inspección Municipal u organismo que se designe a los efectos de la verificación y aprobación correspondiente de futuras modificaciones en la estructura construida, en elementos operativos que la integren y/o incorporación de nuevos elementos de transmisión en caso de considerar realizar proyectos de cualquier índole.
ARTÍCULO 4°.- La empresa TORRESEC ARGENTINA S.A. deberá presentar toda la información o documentación que sea considerada necesaria por la Municipalidad de Zárate para su verificación o motivo que se explicite en el requerimiento. Asimismo, deberá tener acceso coordinado con los responsables del sitio en caso que se haya determinado una inspección de control al mismo.
ARTÍCULO 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos, Ing. Sergio Agostinelli.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos, Secretaría de Economía, Dirección General de Ingresos Públicos, notifíquese a la empresa TORRESEC ARGENTINA S.A.,publíquese y archívese.