Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1449
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/05/2024
Visto las presentes actuaciones, solicitadas por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, referida a la adquisición de carne vacuna para comedores: Casa del Niño Villa Rosas, Casa del Niño De Ingeniero White y Mamas Cuidadoras, y;
CONSIDERANDO:
Que, se efectuó el Concurso de Precios 2876/2024, recibiéndose las propuestas económica de dos (2) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las cuatro (4) invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación adjuntos, obrantes de fojas 6 a 9;
Que, a foja 12 obra el Acta de Apertura en la que constan las ofertas de los proveedores COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA, Oferta Económica: $7.752.255 y FRIGORIFICO SUR S.A., Oferta Económica: $9.452.738;
Que, a foja 14, el Departamento Compras sugiere se adjudiquen a favor de COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA (Proveedor N°6033) la provisión de los ítems 1 al 5 adjudicados por mejor oferta total en lote carne vacuna, por un importe total de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($7.752.255.-);
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- DECRETA -
ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA. (Proveedor N.º 6033) la provisión carne vacuna, por mejor oferta total, para comedores: Casa del Niño Villa Rosas, Casa del Niño De Ingeniero White y Mamas Cuidadoras, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($7.752.255.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.
ARTÍCULO 2º)- Dejase constancia que los responsables de la recepción y control de la mercadería serán los agentes: Olga Faath, Directora, Legajo 12269 (Casa del Niño Villa Rosas); Araceli Uthurralt, Directora, Legajo 6994 y Luciana Pascual, Secretaria, Legajo 13979 (Casa del Niño de Ingeniero White) y Pamela Ayala, Coordinadora, Legajo 15613 y Vanina Dritanti, Secretaria, Legajo 13602 (Mamas Cuidadoras); en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades e informe de foja 2.
ARTÍCULO 3º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHÍVESE.-